JUDICIALES
Pena mínima

Sorpresa: sólo tres años de prisión en suspenso para un empresario que lavó dinero del narcotráfico

La fiscalía y la Unidad de Información Financiera (UIF) habían pedido diez años de cárcel para Carlos Rodolfo Maronna, que vendió autos de lujo a delincuentes por debajo de su valor fiscal.

Un empresario que lavó dinero del narcotráfico recibió una pena mínima y no irá preso 18112025
Concesionaria Maronna Automovile | Instagram @elterritoriooficial

El Tribunal Oral Federal de Corrientes condenó a Carlos Rodolfo Maronna, dueño de una concesionaria de autos de alta gama radicada en Pilar, a tres años de prisión de ejecución condicional por lavado de activos del narcotráfico. El fallo causó sorpresa, ya que la fiscalía y la Unidad de Información Financiera (UIF) habían pedido diez años de cárcel para el empresario.

Según el expediente, entre 2011 y 2014 Maronna blanqueó una suma millonaria de una organización dedicada al tráfico de drogas. La acusación detalló la intervención de Maronna en 13 operaciones de compraventa de vehículos de lujo. Los precios, en algunos casos, estaban por debajo del valor fiscal; lo que evita las regulaciones que obligaban a informar las operaciones a la UIF.

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El principal beneficiario de esas operaciones comerciales irregulares fue el narcotraficante Roberto Eduardo Rodríguez, dueño de la concesionaria RR VIP de Posadas, también conocido por el alias de Ricardo Gabriel Sosa, en realidad el nombre de su excuñado. Rodríguez le reveló a Maronna que poseía un complejo turístico, una maderera y un corralón de materiales de construcción en Misiones.

Maronna usó la estructura comercial de su concesionaria para blanquear fondos

Entre 2011 y 2014, Maronna vendió a Rodríguez y sus allegados 13 vehículos, que Rodríguez pagaba siempre en efectivo. La ley obliga a pedir la justificación del origen del dinero para la compra de vehículos, y a enviar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) a la UIF cuando el monto supera lo establecido o existe sospecha de origen ilícito. Pero Maronna no hizo nada de eso.

Por lo tanto, la Fiscalía sostuvo que Maronna formó parte de la organización criminal que lideraba Rodríguez. La querella de la UIF afirmó que sus maniobras le dieron apariencia lícita a los bienes derivados del narcotráfico.

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El fiscal Carlos Schaefer enmarcó el caso en el delito de lavado de activos de origen delictivo, con el agravante de haberse cometido con habitualidad y en banda. Schaefer indicó que Maronna puso a disposición de la banda la estructura comercial de su firma, Maronna Automovile S.A., para insertar el dinero ilícito en el circuito comercial. La UIF especificó que el vendedor de autos ejecutó múltiples operaciones requeridas para el blanqueo, como transferencias, ventas y acciones de encubrimiento.

Para no exponer a los integrantes de la organización, Maronna extendía a nombre de Rodríguez autorizaciones para manejar los vehículos sin que los registrara a su nombre. Uno de esos rodados, un Audi Q5, se secuestró en septiembre de 2013 en Mendoza con 1.200 kilos de marihuana. Según la causa, Rodríguez blanqueaba parte del dinero derivado del tráfico de marihuana desde Paraguay.

La lista de vehículos vendidos incluye una Toyota Hilux SRV, un Corolla XEI, un BMW X6, un BMW 325i, una moto Honda CBR 600, una Hilux 4x4, otra Hilux 4x2, una Renault Duster Dynamique, una Hilux SW4 4x4, una Ford Ranger XLT 4x4, otro Audi Q5 y una Dodge RAM 1500. Además, Maronna registró a su nombre un Mini Cooper, una moto BMW S1000RR y una coupé Hyundai Génesis, y luego cedió el Mini Cooper a Rodríguez.

El Tribunal de Corrientes decepcionó a la querella

Al inicio del juicio, en septiembre, Maronna aseguró que nunca fue narcotraficante ni integró la organización liderada por Rodríguez. A los gritos y llorando, buscó presentarse como víctima de una persecución de los medios de comunicación. Sus abogados había intentado evitar el juicio bajo el argumento de que Maronna no se encontraba en las condiciones psíquicas necesarias para afrontarlo, pero el pedido fue negado en base a la evidencia de los informes médicos.

Tribunales de Corrientes

El fiscal Schaefer había solicitado 10 años de cárcel y el decomiso de los bienes secuestrados. Además, pidió la cancelación de la personería jurídica de Maronna Automovile, y solicitó que se fijara a la firma una multa de cinco veces el monto de las operaciones. El Tribunal Oral Federal de Corrientes ignoró el requerimiento del fiscal y de la UIF y condenó a Maronna al mínimo de la pena establecida para el delito de lavado de activos, sin tener en cuenta los agravantes.

Todos los otros integrantes de la banda, desbaratada por la Gendarmería Nacional en octubre de 2014, ya habían sido condenados por la Justicia Federal de Corrientes: José Rafael Glibota, Santa Elva Aquino, Daniela Rocío Villalba, Rosa Gladys Ramos, María de los Ángeles Herrera y Griselda Romina Sosa.

Maronna había logrado un sobreseimiento previo por parte del juez federal Carlos Vicente Soto Dávila y el secretario penal Carlos Pablo Molina, quienes dispusieron el pago de las multas pero no el cierre de la empresa Maronna Automovile. Años después de esa decisión, Soto Dávila y Molina fueron sentenciados por integrar una asociación ilícita que beneficiaba a narcotraficantes.

MB/LT