Hay frases que no se olvidan. No por su elegancia ni por su profundidad, sino porque condensan, en pocas palabras, el estado real de una cultura. El miércoles 10 de junio de 2026, el Jefe de Gabinete Manuel Adorni declaró ante las cámaras de LN+ que él y su esposa mantuvieron durante años ahorros no exteriorizados por aproximadamente medio millón de dólares. Hasta ahí, un escándalo patrimonial más en la larga serie argentina. Lo que lo convierte en algo cualitativamente distinto es la justificación que ofreció: "Ahorramos en negro como todos los argentinos". Y ante la repregunta, fue más lejos aún"No lo declaramos porque la manera de escaparse de la vieja política era tener un ahorro en negro. Nunca se me hubiese ocurrido ahorrar en blanco en aquellos años".
Esas palabras no son un error de comunicación. Son una cosmovisión. Y su enunciación pública, desde uno de los cargos ejecutivos más altos de la Nación, tiene consecuencias que superan con creces cualquier expediente penal que pudiera derivarse de los hechos.
Existe una diferencia conceptual que no puede pasarse por alto: una cosa es admitir un incumplimiento y otra muy distinta es naturalizarlo. Adorni no pidió disculpas a los contribuyentes que sí cumplieron. No reconoció haber dañado al sistema. Invocó, en cambio, la generalidad como escudo, "como todos los argentinos".
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Con ese argumento no se defiende a sí mismo, ofrece una justificación estructural para la evasión fiscal. Desliza la idea de que el incumplimiento tributario es simplemente la costumbre colectiva vigente, una práctica tan extendida que resulta absurdo reprocharla.
La paradoja más perturbadora del caso es que el propio Adorni ya se acogió a la denominada “Ley de Inocencia Fiscal”, que él mismo había elogiado en diciembre de 2025 con desmesurado entusiasmo. Así, la calificó como una de las leyes que “quedarán en la historia grande de nuestro país”. Ese régimen simplificado de Ganancias, al cual el Jefe de Gabinete y su esposa adhirieron de inmediato, les permite evitar sanciones penales por incumplimientos tributarios anteriores y bloquear el análisis fiscal de sus períodos fiscales anteriores.
Conviene detenerse aquí y preguntarse qué están financiando, en realidad, los impuestos que el Jefe de Gabinete no declaró. No se trata de una abstracción burocrática. El pago de tributos es el cimiento sobre el cual se erige el acceso ciudadano a sus derechos fundamentales: a la educación, a la salud, a la seguridad, a la justicia. Los derechos no son enunciados en papel. Requieren recursos para hacerse efectivos en la vida cotidiana de las personas. Sin ingresos fiscales genuinos, no hay escuelas que funcionen, ni hospitales que atiendan, ni sistemas judiciales que resuelvan.
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Holmes y Sunstein lo formularon con una precisión que el caso Adorni vuelve urgente: no habría que tomar decisiones de política pública sobre la base de una hostilidad imaginaria entre la libertad y el cobrador de impuestos, porque si realmente fuesen enemigos, todas nuestras libertades básicas serían candidatas a la abolición. La evasión no es un acto de libertad: es un acto que traslada la carga a quienes sí cumplen y degrada la capacidad del Estado de garantizar derechos a los más vulnerables.
El derecho tributario argentino, desde Jarach hasta Giuliani Fonrouge, ha enseñado que la relación jurídica tributaria no es una relación de poder arbitrario del Estado sobre el ciudadano, sino un vínculo obligacional fundado en la ley que asigna a cada uno su parte en el financiamiento de los bienes y servicios públicos conforme a su capacidad contributiva. Quien evade no sólo incumple una norma: rompe la proporcionalidad del sistema y descarga su costo sobre quienes no tienen margen para eludir (los asalariados formales, los contribuyentes cautivos, los pequeños comerciantes que no cuentan con asesores que les reconstruyan el patrimonio).
El daño más profundo que produce esta situación no es procesal sino cultural. El cumplimiento tributario descansa sobre tres pilares: la percepción de equidad —la idea de que todos pagan su parte—, la confianza en que los fondos se traducen en servicios reales, y la certeza de que el incumplimiento acarrea consecuencias. El caso Adorni erosiona los tres al mismo tiempo. Muestra que un funcionario de alta jerarquía puede evadir durante años sin consecuencias gravosas, que la narrativa oficial —"fue un error", "ya regularicé"— presenta la evasión como un trámite reversible, y que el propio Estado diseña normas que premian la irregularidad pasada con tal de que el presente quede en orden. ¿Qué incentivo tiene entonces el contribuyente que sí cumplió, que pagó en tiempo y forma?
Es aquí donde la responsabilidad se desplaza hacia los ámbitos académicos, y conviene decirlo con claridad: las universidades, las facultades de derecho y ciencias económicas, los institutos de formación tributaria y los espacios de enseñanza superior no pueden permanecer al margen de este debate como si fuera un asunto de política partidaria. No lo es. Es un asunto de cultura tributaria. Cuando un funcionario de la más alta jerarquía normaliza públicamente la evasión fiscal, la academia tiene la obligación —no la opción— de responder con argumentos, con enseñanza y con presencia en el debate público.
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Los docentes de derecho tributario, de finanzas públicas, ciencias contables estamos en una posición única: somos quienes formamos a los futuros contadores, abogados, administradores y funcionarios que van a operar el sistema tributario de las próximas décadas. Si en el aula no se discute con rigor por qué la evasión es un daño social y no una picardía individual, si no se enseña que el deber de contribuir tiene raigambre constitucional y que su incumplimiento traslada el peso sobre los más vulnerables, si no se analiza críticamente qué significa que el propio Jefe de Gabinete declare con naturalidad que ahorrar en negro era "lo que todos hacían" —entonces estamos contribuyendo, por omisión, a consolidar exactamente la cultura que el sistema necesita desmantelar.
No alcanza con indignarse en privado. La academia debe producir doctrina que desmonte estos argumentos, debe formar profesionales con convicción sobre el rol social del tributo, y debe salir al espacio público a señalar que la frase de Adorni no describe una realidad inevitable, construye una. Y que esa construcción tiene víctimas concretas, cada ciudadano al que le faltan recursos para acceder a la salud, a la educación, a la justicia, porque quienes más podían contribuir eligieron no hacerlo.
La causa final del tributo —en los términos más precisos de nuestra doctrina— es la búsqueda del bien común. No es una fórmula vacía. Es el fundamento que nos obliga, a quienes enseñamos derecho tributario, a no normalizar lo que ocurrió esta semana. El costo de los derechos es una responsabilidad compartida. Y esa responsabilidad empieza, también, en el aula.
Maximiliano Visús, abogado (UBA). Especialista en Derecho Tributario (Universidad Austral). Diplomando en Derecho Procesal Constitucional (Universidad Austral). Doctorando en Derecho Fiscal, por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA). Docente de grado (UBA).