POLITICA
Revés judicial

El Gobierno le arrebató la causa de la reforma laboral al fuero del Trabajo y se anotó otra victoria ante la CGT

La Justicia determinó que el reclamo sindical por inconstitucionalidad se tramite en el fuero Contencioso Administrativo. Los camaristas criticaron duramente al juez laboral que intentó retener el expediente de manera irregular.

La CGT apelará el fallo que restableció la reforma laboral de Javier Milei
La CGT apelará el fallo que restableció la reforma laboral de Javier Milei | X @cgtoficialok

El Gobierno le propinó un nuevo y duro golpe judicial a la cúpula de la CGT. Tras lograr que la reforma laboral recupere su plena vigencia, la Casa Rosada consiguió arrebatarle el expediente a la justicia del Trabajo para que el debate sobre la constitucionalidad de la norma se mude definitivamente al fuero Contencioso Administrativo, tal como pretendía el oficialismo.

La decisión quedó en manos de la Sala IV de la Cámara de Apelaciones de dicho fuero, el espacio natural donde se litiga contra el Estado Nacional. Los camaristas Rogelio Vicenti y Marcelo Duffy fallaron a favor de las pretensiones del Poder Ejecutivo y determinaron que la demanda sindical resulta competencia exclusiva de la Justicia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal.

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La CGT recusó a los jueces que fallaron contra la Reforma Laboral

La pulseada por la jurisdicción comenzó cuando la Procuración del Tesoro, encabezada por Sebastián Amerio, exigió un cambio de escenario. La representación legal del Gobierno argumentó que los tribunales laborales no son el ámbito adecuado para resolver conflictos vinculados a resoluciones del Ejecutivo.

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De todas maneras, el magistrado resistió la presión y, respaldado por un dictamen del fiscal de su fuero, rechazó el pedido oficial para retener el reclamo sindical. Frente a esta postura, los integrantes de la Sala IV destrozaron el accionar de Ojeda, calificaron su trámite como "irregular" y lo acusaron de crear un conflicto innecesario que frenó la celeridad que demanda un caso de semejante trascendencia institucional.

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Este es el segundo revés judicial que sufre la CGT con respecto a la Reforma Laboral

En su dura resolución, los jueces Vicenti y Duffy explicaron que Ojeda omitió comunicar su decisión de rechazar la inhibitoria y, llamativamente, mandó las actuaciones a la Cámara del Trabajo en lugar de elevarlas al tribunal competente. Los magistrados subrayaron que la administración de justicia no puede quedar sometida a un procedimiento deformado a expensas de lo que decida libremente uno de los órganos.

Al desestimar también la postura del fiscal Rodrigo Cuesta, quien pedía mantener el caso en la órbita laboral, la Cámara aclaró que el Estado fue demandado en su calidad de legislador. Destacaron que el derecho en disputa se funda de manera directa en la Constitución Nacional y en leyes federales.

La CGT recusó a los jueces que fallaron contra la Reforma Laboral

El debate de fondo y la vigencia de la Ley

En su argumentación final, el tribunal advirtió que la norma cuestionada por la central obrera incluye aspectos estrictamente federales que escapan al derecho laboral individual. Entre ellos, mencionaron las pautas para financiar el Fondo de Asistencia Laboral y las facultades del Congreso para asignar competencias, recordando además que cualquier pronunciamiento impactará sobre el Estado Nacional en su rol de empleador.

Este cambio de fuero se suma a otra fuerte victoria del oficialismo ocurrida apenas unos días atrás. La semana pasada, la propia Cámara del Trabajo ordenó poner nuevamente en vigencia todos los artículos de la reforma laboral que la CGT logró suspender en un primer momento, dándole un respiro al esquema impulsado por la Casa Rosada.

Aquella reactivación de la ley 27.802 respondió a una solicitud expresa de la administración nacional. El Ejecutivo reclamó con éxito que los alcances de las modificaciones no se frenen mientras los tribunales resuelven la cuestión de fondo donde ahora será la justicia Contenciosa Administrativa la encargada de definir si los cambios resultan inconstitucionales.

TC/DCQ