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Un grupo de diputados impugnó la audiencia pública por la Ley de Glaciares

La decisión la tomaron Maximiliano Ferraro, Sabrina Selva, María Inés Zigarán, Carolina Basualdo, Pablo Juliano, Adriana Serquis, Gabriela Estévez, Juan Brugge, Abelardo Ferrán, Lucía Cámpora y Pablo Farías. Es porque no se cumplen los requisitos básicos de participación ciudadana.

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Plenario de las comisiones de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano y de Asuntos Constitucionales. | Cámara de Diputados

Un grupo de diputados nacionales -Maximiliano Ferraro, Sabrina Selva, María Inés Zigarán, Carolina Basualdo, Pablo Juliano, Adriana Serquis, Gabriela Estévez, Juan Brugge, Abelardo Ferrán, Lucía Cámpora y Pablo Farías- presentó esta mañana una impugnación formal contra la audiencia pública convocada en la Honorable Cámara de Diputados para debatir modificaciones a la Ley de Glaciares (Ley 26.639).

X Maxi Ferraro 25032026

Según el planteo, la audiencia carece de validez debido a serias irregularidades en su organización, las cuales —afirman— limitan de forma indebida la participación ciudadana y contravienen el Reglamento de la Cámara, la Constitución Nacional, la Ley General del Ambiente (Ley 25.675) y compromisos internacionales asumidos por el país, como el Acuerdo de Escazú (Ley 27.566).

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Comienzan hoy las audiencias por la reforma de la Ley de Glaciares, en medio de una polémica por la restricción a la participación

El diputado Ferraro, impulsor de la iniciativa, sostuvo que el esquema adoptado restringe la participación oral directa, establece criterios poco claros para elegir expositores y deja afuera a la mayoría de los inscriptos. Además, señaló que se modificaron las condiciones de participación una vez iniciado el proceso, alterando las reglas originales.

unne ley de glaciares

“Estamos ante una audiencia que perdió su sentido. Más de 100.000 personas se inscribieron para opinar sobre un tema clave para el país, especialmente para provincias y comunidades vinculadas al agua de los glaciares. Sin embargo, en lugar de garantizar la participación, se redujo al 0,3% y se acallaron voces. No se pueden impulsar cambios de esta magnitud de manera apresurada, sin debate genuino ni consenso social”, expresó Ferraro.

Por su parte, la diputada Selva indicó que la participación fue restringida de manera arbitraria y sin transparencia en los criterios de selección. También cuestionó que se haya obligado a quienes querían expresarse oralmente a reformular sus intervenciones, limitando su derecho a hablar, y que se haya utilizado un fallo de la Ciudad de Buenos Aires para excluir a ciudadanos del resto del país. “Se busca aparentar una audiencia pública, pero no garantizar una instancia real de participación”, afirmó.

X Nicolas del Caño 25032026

En el documento presentado, los legisladores señalaron que el formato elegido vulnera principios fundamentales como la transparencia, la igualdad en el acceso a la palabra y la necesidad de generar un debate previo efectivo antes de tomar decisiones.

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Ferraro agregó que el procedimiento adoptado desvirtúa el objetivo de una audiencia pública, convirtiéndola en un trámite formal sin discusión real ni incidencia ciudadana. “Lo que cuestionamos es la validez misma del proceso. No se trata de un aspecto técnico menor, sino de una forma de organización que afecta directamente el derecho a la participación”, remarcó.

X Diputados 25032026

Por todo esto, los diputados solicitaron que se declare inválida la audiencia, se anulen las actuaciones realizadas y se convoque a una nueva instancia que garantice una participación abierta, equitativa y efectiva. Asimismo, dejaron abierta la posibilidad de recurrir a la Justicia si continúa la vulneración del derecho a la participación ciudadana en cuestiones ambientales.

Los considerandos del documento presentado para impugnar la audiencia pública de la Ley de Glaciares

En el documento presentado, los diputados argumentaron los siguientes puntos:

a) La sustitución de la instancia deliberativa propia de la audiencia pública por mecanismos de participación predominantemente escritos y/o audiovisuales, lo que desnaturaliza su carácter oral e inmediato.

b) La implementación de mecanismos de selección de participantes sin la previa determinación de criterios objetivos, transparentes y verificables, lo que introduce márgenes de discrecionalidad incompatibles con los principios de igualdad y acceso a la participación.

c) La restricción -cuando no supresión- de la instancia de exposición oral directa, elemento central del derecho a ser oído en condiciones de igualdad.

d) La ausencia de reglas claras y preestablecidas en relación con los tiempos de intervención, el orden de exposición y los mecanismos de priorización, lo que afecta la previsibilidad, la transparencia y la seguridad jurídica del procedimiento.

fl/ff