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VIOLENCIA DE GÉNERO DIGITAL

Acusación confirmó elevación a juicio al joven que sexualizó imágenes de compañeras

Además las habría subido a sitios porno provocando lesiones graves en la salud mental de las adolescentes. Importa la actitud del agresor más que la situación en que estaban las víctimas. ¿Hay que investigar si se borraron documentos?

Violencia digital
CIBERVIOLENCIA DE GÉNERO. En segunda instancia se confirma la acusación contra un joven que alteró con IA fotos de compañeras y las publicó en un sitio porno. (Foto ilustrativa) | Cedoc Perfil. Portal Justicia Córdoba.

El expediente donde se investiga la conducta de un joven (19) que habría trucado con IA fotos de compañeras aportándoles fuerte contenido sexual para ser publicadas en un sitio porno, avanza con confirmaciones en la Justicia Provincial.

El caso es novedoso por el uso de herramientas informáticas y por la aplicación del Código Penal que encuadra su actitud en el delito de “lesiones graves agravadas por contexto de género”.

Ayer la Cámara de Acusación confirmó la elevación a juicio del primer tramo de la pesquisa que refiere a dos adolescentes damnificadas que habrían padecido graves efectos en su salud mental.

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El fallo contiene consideraciones específicas que profundizan sobre el efecto que habría causado la confección de las imágenes en las adolescentes, sin importar el estado emocional y afectivo en el que se encontraban.

Además, hace menciones explícitas a algo muy delicado: la búsqueda de borrar archivos visuales y publicaciones para beneficiar la situación del acusado, a partir de que se descubrió el escándalo.

Un fallo que genera jurisprudencia

La Cámara de Acusación confirmó que el acusado debe ser juzgado por el delito de lesiones graves, agravadas por el contexto de violencia de género. “Nos encontramos ante la presencia de delitos cometidos en un contexto de violencia de género, en contra de mujeres que, para mayor vulnerabilidad, resultan ser, además, menores de edad”, destaca en su voto la vocal Patricia Farías. A su postura adhirieron sus colegas, Carlos Salazar y Maximiliano Davies.

Sobre la calificación legal de lesiones graves argumentó que los cuadros psicopatológicos de las damnificadas guardan “conexión causal” entre su aparición y los hechos que se investigan.

Advierte que se habría consumado lo que se define como “violencia digital”.

Además, el tribunal aclara que no hay constancia de ningún archivo de otro expediente contra el mismo joven por presunta tenencia de material de abuso sexual infantil que se habría hallado en sus dispositivos electrónicos. En efecto se abrió un expediente en una Fiscalía de Delitos contra la Integridad Sexual por el hallazgo.

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¿Fotos borradas o inexistentes?

Los defensores del joven imputado plantearon dudas en relación a la existencia de las fotos trucadas.

Ante esa postura, Farías respondió: “A pesar de que las fotos fueron borradas, cabe destacar que, en el sitio de pornografía permanecieron los acápites o leyendas con las que el encartado habría subido las fotografías de marras, en los que alude con nombre y apellido a las damnificadas, atribuyéndoles, además, la realización de determinadas conductas sexuales, y linkeando en algunos casos los perfiles de Instagram de ellas, quienes declaran que empezaron a recibir solicitudes de desconocidos que, evidentemente, eran redirigidos a sus perfiles personales a través de la página pornográfica.

En ese aspecto, la jueza puntualizó una conversación por WhatsApp entre los padres del joven haciendo referencias a que se debía quitar inmediatamente de la red las fotos subidas por su hijo, incluso hasta buscando la ayuda de un programador que les colaborase a tales efectos.