El oficialismo con el apoyo de la oposición se encamina a convertir en ley este miércoles la adecuación del sistema procesal penal juvenil de Córdoba al nuevo Régimen Penal Juvenil nacional, luego de que el Congreso redujera a 14 años la edad de imputabilidad.
La iniciativa, que modifica la Ley 11.035, no sólo adapta el esquema provincial al nuevo marco nacional: también redefine la intervención judicial sobre adolescentes, amplía las herramientas procesales y de control y busca incorporar garantías que, hasta ahora, no estaban previstas en la legislación subnacional.
El proyecto llegará al recinto con un amplio respaldo político. El PJ contará con el acompañamiento de la UCR, el juecismo y otras bancadas opositoras, mientras que el PRO comparte la esencia de la reforma —gran parte de los planteos incluidos en su propio proyecto coinciden con el texto posterior impulsado por el oficialismo—, aunque mantiene diferencias en algunos puntos particulares y presentará un despacho de minoría.
La discusión, de todos modos, no quedará reducida al acuerdo sobre la necesidad de adecuar la legislación. Desde la UCR anticiparon que pondrán el foco en las condiciones materiales para que el nuevo sistema pueda funcionar.
La bancada radical advirtió que la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf) deberá contar con herramientas y presencia territorial suficientes para aplicar medidas alternativas a la privación de la libertad, además de equipos que garanticen el seguimiento de los jóvenes, mecanismos de supervisión y programas de inserción educativa y laboral.
También reclamó condiciones adecuadas para los casos en los que resulte inevitable recurrir al encierro. Allí aparece uno de los principales desafíos de la reforma: la ley puede establecer nuevas reglas, pero su aplicación dependerá de la capacidad del Estado provincial para sostener la estructura institucional, territorial y presupuestaria que demanda el nuevo régimen.
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Estas son las cinco claves del nuevo sistema
1. Los 14 años, la nueva puerta de entrada al sistema penal juvenil
El cambio más significativo —y el de mayor impacto político— es la adecuación del proceso penal juvenil a la nueva edad de imputabilidad fijada a nivel nacional.
El sistema provincial deberá intervenir en los delitos atribuidos a adolescentes desde los 14 años y hasta el cumplimiento de los 18. La modificación obliga a reorganizar el funcionamiento de fiscales, jueces, defensores y organismos administrativos para incorporar a una nueva franja etaria al sistema penal juvenil.
El punto excede, por lo tanto, la modificación formal de una edad. Córdoba deberá preparar toda la estructura institucional para intervenir sobre adolescentes de 14 y 15 años, con dispositivos específicos y bajo las reglas del nuevo régimen.
2. Más intervención penal, pero con la privación de la libertad como último recurso
La reforma introduce una tensión que atraviesa todo el nuevo sistema: amplía la capacidad de intervención del Estado, pero mantiene como principio que la privación de la libertad debe ser excepcional y utilizada como último recurso.
Las medidas socioeducativas privativas de la libertad quedan reservadas para situaciones de extrema gravedad y deberán aplicarse por el tiempo más breve posible. El proyecto fija, además, límites temporales para este tipo de medidas y establece controles judiciales para sus eventuales prórrogas.
También se regula específicamente la privación cautelar de la libertad, que sólo podrá disponerse de manera excepcional cuando no existan otros mecanismos suficientes para garantizar el desarrollo del proceso.
En otras palabras, la incorporación de adolescentes desde los 14 años al sistema penal no supone, en el diseño de la ley, una respuesta automática basada en el encierro. La apuesta formal del proyecto es combinar responsabilidad penal con un sistema progresivo de intervención.
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3. Las medidas socioeducativas pasan a ocupar el centro del nuevo modelo
El corazón de la reforma está puesto en la ampliación y ordenamiento de las alternativas a la privación de la libertad.
El nuevo esquema habilita medidas de acompañamiento, supervisión y reintegración social, con intervención territorial y programas orientados a sostener la vinculación educativa, familiar, comunitaria y laboral de los adolescentes.
En esa misma línea, la reforma incorpora y fortalece herramientas como la justicia restaurativa, la mediación penal juvenil y la libertad asistida.
La lógica es que la respuesta estatal no se agote en la sanción, sino que incluya mecanismos destinados a responsabilizar al adolescente y, al mismo tiempo, construir condiciones para su reintegración.
Ese será, precisamente, uno de los puntos que la oposición buscará discutir en términos prácticos. La UCR advierte que estas medidas requieren equipos profesionales, presencia territorial y capacidad de seguimiento permanente de la Senaf. Sin esa estructura, sostienen, las alternativas al encierro podrían quedar reducidas a una previsión legal sin capacidad real de ejecución.
4. Nuevas herramientas de control: geolocalización y tobilleras electrónicas
El proyecto también incorpora mecanismos tecnológicos de supervisión que hasta ahora no tenían una regulación específica dentro del régimen procesal juvenil.
Los jueces podrán disponer herramientas de seguimiento remoto, geolocalización, videollamadas, dispositivos duales y tobilleras electrónicas, según las características y riesgos de cada caso.
Su utilización deberá ser excepcional y estará limitada en el tiempo, aunque su incorporación introduce un nuevo debate sobre el equilibrio entre el principio de mínima intervención y la ampliación de las capacidades de control estatal sobre adolescentes.
La reforma intenta vincular estos mecanismos con planes de abordaje e integración sociofamiliar. Sin embargo, este punto expone una de las tensiones conceptuales del nuevo régimen: mientras la ley se presenta bajo una lógica socioeducativa, también incorpora herramientas propias de una supervisión penal más intensa.
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5. Más derechos para las víctimas y nuevas herramientas procesales
Otro de los cambios relevantes es el mayor protagonismo que adquiere la víctima dentro del proceso penal juvenil.
La reforma incorpora un capítulo específico de derechos y amplía su posibilidad de ser informada, escuchada e intervenir en distintas instancias del proceso, especialmente en mecanismos de resolución que puedan implicar la suspensión o extinción de la acción penal.
A la vez, el nuevo régimen acerca parte del proceso juvenil a herramientas previstas en el sistema penal ordinario, al incorporar mecanismos como las reglas de disponibilidad de la acción, la suspensión del juicio a prueba y el juicio abreviado.
El resultado es un sistema más complejo, con mayores alternativas para la resolución de los casos y una participación más definida de las distintas partes del proceso.
La reforma, en definitiva, prepara la arquitectura legal para aplicar en Córdoba el nuevo Régimen Penal Juvenil nacional. Pero su eficacia dependerá de cómo se resuelva la principal tensión que atraviesa el proyecto: incorporar una respuesta penal desde los 14 años sin que el sistema termine reduciendo su intervención al control y el encierro.