En un pronunciamiento enviado a la Legislatura, el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT) señaló que la iniciativa del oficialismo provincial para crear la Procuración Penitenciaria de Córdoba presenta "importantes inconsistencias" respecto de las obligaciones internacionales asumidas por Argentina al ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura (OPCAT).
El documento del CNPT, que llegó a los legisladores mientras el proyecto avanza hacia su aprobación definitiva, enumera una serie de observaciones técnicas que cuestionan el núcleo mismo del diseño institucional propuesto por la legisladora oficialista Nadia Fernández.
La principal crítica del Comité apunta a la ausencia de facultades esenciales para un mecanismo de prevención de tortura. "No se prevé que el organismo realice visitas de monitoreo no anunciadas ni entrevistas confidenciales con personas privadas de libertad, facultades que constituyen el núcleo operativo del modelo preventivo del OPCAT", advierte el pronunciamiento.
Esta observación contradice el discurso oficial. Durante el debate en comisiones, Fernández había asegurado que la Procuración estará "facultada para llevar adelante inspecciones y monitoreo en establecimientos penitenciarios, complejos carcelarios, alcaidías, centros socioeducativos para adolescentes en conflicto con la ley penal".
Sin embargo, el CNPT detectó que el proyecto no contempla las herramientas específicas que la experiencia internacional considera imprescindibles: visitas sin aviso previo y conversaciones privadas con detenidos, sin presencia de autoridades penitenciarias.
Dependencia del Poder Judicial cuestiona la autonomía
Otro punto central del cuestionamiento es la ubicación institucional del organismo. El proyecto sitúa la Procuración Penitenciaria "dentro de la órbita del Poder Judicial, con dependencia administrativa, presupuestaria y de personal del Tribunal Superior de Justicia", lo que el CNPT considera incompatible con los requisitos de "independencia funcional y autarquía financiera" establecidos por el OPCAT.
La ley 26.827, que creó el Sistema Nacional de Prevención de la Tortura en 2012, exige que los mecanismos locales cuenten con "independencia funcional y autarquía financiera" como condiciones mínimas. El texto cordobés, en cambio, otorga autonomía funcional pero no financiera, y subordina aspectos administrativos clave al Tribunal Superior de Justicia.
Esta estructura reproduce el modelo que el propio CNPT criticó en otras jurisdicciones. En su Recomendación 9/2020, el organismo había advertido sobre los riesgos de que los mecanismos de prevención dependan de otros poderes del Estado, especialmente cuando esos poderes tienen responsabilidad sobre el sistema que deben controlar.
Sociedad civil excluida del control
La tercera objeción sustancial se refiere a la composición del organismo. El proyecto prevé una "Comisión Especial" en el ámbito de la Legislatura, pero el CNPT advierte que "no garantiza la pluralidad y participación ciudadana requeridas, ya que reduce al mínimo la presencia de sectores sociales, académicos y profesionales indispensables para asegurar miradas diversas y especializadas".
Esta crítica cobra especial relevancia a la luz de los Principios de París, adoptados por Naciones Unidas en 1993, que establecen que las instituciones de derechos humanos deben asegurar "la representación pluralista de las fuerzas sociales (de la sociedad civil) interesadas en la promoción y protección de los derechos humanos".
El CNPT destaca que no se observan "mecanismos de selección de sus integrantes que respeten procedimientos de designación que sean públicos, transparentes, participativos e inclusivos, con criterios de género, pluralidad o multidisciplinariedad". Todos los procuradores serán abogados con formación en Derechos Humanos, sin que se garantice la participación de organizaciones sociales, académicos de otras disciplinas o personas con experiencia en monitoreo de lugares de detención.
Una deuda de dos décadas con organismos internacionales
El pronunciamiento del CNPT inscribe el proyecto cordobés en un contexto de reclamos internacionales reiterados. "El Estado argentino ha recibido observaciones por parte de distintos órganos del sistema universal de derechos humanos por la falta de creación de mecanismos provinciales", recuerda el documento.
La última de estas observaciones proviene del Comité Contra la Tortura de Naciones Unidas, que en su informe más reciente sobre Argentina señaló que el país "debe adoptar las medidas necesarias para completar sin demora el establecimiento de mecanismos locales de prevención en todas las provincias y garantizar que cuenten con los recursos humanos y financieros necesarios, y que disfruten de la autonomía funcional necesaria para cumplir su mandato conforme a lo dispuesto por el Protocolo Facultativo".
Antes habían formulado observaciones similares el Subcomité de Prevención de la Tortura (SPT) en 2022, tras su visita a Argentina, y el Relator Especial sobre la Tortura de Naciones Unidas en 2018.
El CNPT también señala que el proyecto no contempla las recomendaciones específicas que el propio Comité envió a las autoridades cordobesas después de cada visita de inspección a cárceles y centros de detención de menores de la provincia.
"No da cumplimiento a la obligación internacional"
La conclusión del CNPT es categórica: "La iniciativa en tratamiento no daría cumplimiento a la obligación internacional del Estado provincial de constituir su Mecanismo Local de Prevención (MLP), manteniendo así el incumplimiento señalado reiteradamente por los órganos internacionales de derechos humanos y por este mismo Comité Nacional".
Pese a ello, el organismo nacional ofreció colaboración: "El CNPT se encuentra a disposición de la Legislatura de Córdoba para brindar colaboración y acompañamiento técnico necesario para iniciar el proceso de creación de un MLP plenamente compatible con los estándares internacionales".