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ESTATUTO SOCIAL

Talleres: la Justicia le despeja el camino a Fassi para reformar el estatuto

El fallo desestimó un amparo presentado por un socio y respaldó el funcionamiento institucional vigente en el Club. La Justicia entendió que no hubo violaciones a los derechos de participación y que el modelo representativo es adecuado para la dimensión del club.

Club Atlético Talleres
. | Perfil Cedoc

El juez Pablo Pecchio desestimó una acción de amparo presentada por un socio del Club Atlético Talleres que buscaba frenar el proceso de reforma del estatuto social de la institución. El demandante había solicitado que se declare "ineficaz y nulo" el procedimiento por considerar que atentaba contra los principios democráticos de participación interna.

La decisión judicial sostiene que el club actuó dentro del marco legal vigente desde 2017, cuando se aprobó un nuevo estatuto mediante una Asamblea Extraordinaria. Uno de los principales cambios de aquella reforma fue la eliminación de la Asamblea General de Socios, reemplazada por una Asamblea de Representantes compuesta por 100 delegados.

En ese entonces, el socio que hoy recurrió a la Justicia ya había manifestado su oposición a esa modificación. "Formuló una propuesta para que la Asamblea General no desaparezca; sin embargo, esta moción no prosperó", recordó el juez en su fallo.

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De cara a una nueva modificación estatutaria prevista para febrero de 2025, el socio volvió a expresar su preocupación. No obstante, el juez valoró que, al enterarse de ese futuro cambio, el demandante "fue recibido por las autoridades del club con la finalidad de informarse y participar en dicho proceso".

Pecchio consideró que el proceso de reforma cuestionado respeta las normas internas del club, vigentes desde hace más de siete años. "Este reglamento se estableció mediante una asamblea respecto a la cual no obra ninguna nulidad o impugnación oportuna", señaló.

Además, descartó que el actual sistema de representación atente contra la participación de los socios. "Tampoco es manifiesto que el funcionamiento de una Asamblea de Representantes implique por sí misma la afectación de los derechos de participación como se alega", remarcó.

El magistrado sostuvo que el modelo elegido por Talleres es razonable, especialmente considerando que se trata de una institución con miles de socios. "A primera vista, el mecanismo de representatividad expone una instrumentación adecuada y razonable", afirmó.

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Finalmente, concluyó que no existen pruebas de que se hayan cometido actos concretos que vulneren derechos. Y señaló que cualquier reclamo sobre el proceso debe presentarse ante la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, el organismo encargado de fiscalizar a las asociaciones civiles.