ECONOMIA
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El sindicato de Comercio pactó un aumento del 30% con pagos no remunerativos

El gremio de Armando Cavalieri acordó una cláusula de revisión si la inflación supera esa cifra. Los detalles.

El secretario general de la Federación de Empleados de Comercio, Armando Cavalieri
Armando Cavalieri, secretario general de la Federación de Empleados de Comercio. | Noticias Argentinas (archivo)

El sindicato de empleados de Comercio acordó en la noche del lunes 27 de mayo un 30% de aumento salarial, que se abonará con subas bimestrales y una cláusula de revisión en enero. La particularidad de esta paritaria es que está integrada con pagos no remunerativos, es decir que no tributará en la seguridad social, para que represente un costo inferior para los empresarios. 

El gremio que conduce Armando Cavalieri representa la paritaria más grande del sector privado: alcanza a más de un millón de empleados. Según informaron fuentes del sindicato a PERFIL, el aumento será del 30% pero si la inflación supera esa cifra se aplicará una cláusula de revisión. No se definieron, por el momento, la fijación de porcentajes.

El acuerdo se firmará alrededor del mediodía de este martes 28 de mayo por el sindicato junto con la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys). El mismo empezará a regir a partir de mayo y no en abril.

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Según precisó el sitio Ámbito Financiero, en el acuerdo Cavalieri consiguió mantener un aporte extraordinario de todos los trabajadores mercantiles de 100 pesos cada uno a favor de la obra social Osecac, adicional al que ya se les descuenta por ley. El mismo medio precisó que los incrementos salariales de suma fija remunerativos se combinarán con los que no tributan a la seguridad social. 

De ese modo, la suma fija no remunerativa se dividirá en cinco partes: dos para el bimestre de mayo y junio; otras dos en julio y agosto y la última en marzo de 2020. En el medio, se intercalarán los dos primeros incrementos remunerativos en octubre y noviembre, y también en diciembre y enero.

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Esta modalidad se la denominó como único pago no remunerativo dividido en cinco pagos para que sea algo más compatible con el el DNU 633/18 que dispuso en su artículo 4º que el Gobierno no dará curso, ni homologará o registrará convenios colectivos o acuerdos que contengan sumas o conceptos de naturaleza salarial al que las partes les asignen carácter no remuneratorio.

El medio especializado puntualizó que el acuerdo también incluye una cláusula que establece que en el caso de despedir a un empleado durante la vigencia de esta paritaria los montos pagados  no remunerativos pasarán a considerarse como si estuvieran incorporados en el salario básico a la hora de calcular la correspondiente indemnización.

B.D.N./F.F.