El juez en lo Penal Económico, Diego Amarante, desestimó el planteo del titular de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio “Chiqui” Tapia, quien buscó obtener una habilitación especial para salir del territorio nacional por un plazo de dos meses sin requerir permisos previos. El dirigente, imputado en una causa por presunta retención indebida de aportes previsionales calculada en 19.000 millones de pesos, pretendió agilizar sus traslados alegando que la "burocracia excesiva" de las autorizaciones individuales resulta incompatible con sus responsabilidades institucionales. Sin embargo, el magistrado consideró que flexibilizar este control complicaría la vigilancia necesaria para asegurar los fines del proceso.
La defensa de Tapia argumentó que toda limitación a la libertad ambulatoria debe aplicarse con criterio restrictivo y que, ante la falta de antecedentes penales, no existe un pronóstico real de fuga. Incluso ofreció medidas alternativas, como informes de viaje detallados y el compromiso de regresar al país en 48 horas ante cualquier requerimiento. Según los abogados, la medida no buscaba suprimir la cautelar, sino instrumentarla de una manera "más razonable y eficaz" para un dirigente que debe cumplir con una agenda internacional cargada de compromisos.

A pesar de que el fiscal Claudio Navas Rial se mostró favorable a una autorización extendida articulada con nuevas medidas, el juez Amarante mantuvo su negativa basándose en el comportamiento previo. El magistrado recordó un episodio en el que Tapia, tras recibir un permiso para destinos específicos, intentó modificar su itinerario de forma unilateral para viajar a Venezuela. Esta conducta, que incluyó inconsistencias en la información sobre el propósito del viaje, fue calificada por el juez como un "indicio de riesgo procesal" que impide confiar en un permiso sin control previo.
Otro de los ejes centrales del rechazo fue la falta de precisión en la solicitud presentada. Amarante remarcó que la "indeterminación de los destinos" y la ausencia de una agenda cerrada de actividades dificultan el objetivo de velar por la constante sujeción del imputado a la justicia. Para el magistrado, el análisis de cada viaje es el mecanismo legal indispensable para garantizar que el proceso avance sin contratiempos, especialmente en una causa de tal magnitud.

A su vez, el juez utilizó la propia declaración indagatoria de Tapia para demostrar que las restricciones actuales no bloquean su desempeño profesional. El dirigente declaró haber pasado 141 días fuera del país en 2024 y otros 139 en lo que va de 2025. Para Amarante, estas cifras probaron que su ausencia física no implicaron un impedimento para el ejercicio de sus cargos y que, por lo tanto, no se justifica otorgar un beneficio excepcional que relaje la supervisión judicial sobre sus movimientos migratorios.
La causa, impulsada por una denuncia de la actual ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero), investiga la apropiación indebida de aportes de la seguridad social que involucra a la cúpula de la calle Viamonte, incluyendo al tesorero Pablo Toviggino. Mientras Amarante se preparó para resolver la situación procesal de los cinco imputados, la Cámara Nacional en lo Penal Económico aún debe decidir sobre un planteo de "inexistencia de delito" presentado por los abogados de la AFA, quienes buscan cerrar el expediente alegando que se trata de una cuestión administrativa y no criminal.
El antecedente del vuelo a Venezuela
El juez puso el foco en el viaje fallido de Tapia a Caracas como el punto de quiebre de la confianza judicial. En aquella oportunidad, la Justicia le negó el permiso por no haber brindado precisiones sobre el evento deportivo al que asistiría. El hecho de que el dirigente intentara cambiar su hoja de ruta por fuera de lo autorizado quedó registrado como una “falta de observancia” a las pautas de conducta que hoy le impide acceder a beneficios de salida genérica.
El trasfondo de la restricción es una investigación por una suma multimillonaria que la AFA no habría ingresado a los papeles contables en concepto de aportes de sus trabajadores. Esta cifra convirtió al expediente en una de las causas más sensibles para el fútbol argentino, obligando a los directivos a someterse a un régimen de control migratorio estricto que, según el fallo de hoy, se mantendrá vigente bajo la modalidad de autorización caso por caso.
Amarante señaló que entre los eventos mencionados como compromisos ineludibles se encontraba la "Finalissima", un torneo que ya había sido suspendido oficialmente y que se iba a disputar el 27 de marzo en Qatar. Esta falta de rigor en la documentación presentada debilitó la postura de Tapia y reforzó la idea del juez de que la "agenda cerrada" es un requisito que el dirigente todavía no logra cumplir con transparencia.
TC / EM