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OPINIÓN

Hacia una real equidad electoral

"Seguramente hay unas cuantas reformas mas por realizar en la normativa que rige las PASO y a la ley electoral en general", explican los autores sobre las PASO.

El sistema electoral 20230809
"El sistema electoral debe ser analizado, revisado y reconvertido a los tiempos que corren, adaptado a las necesidades sociales y apuntando a un avance sincero hacia un mayor grado de real equidad," sostienen los autores. | CEDOC

Las políticas públicas por exitosas que se las considere, no pueden permanecer estáticas en el tiempo sin procurarse una actualización o renovación. Por un lado, por el evidente motivo de que los cambios sociales terminan dejando atrás lo normado con el riesgo que simplemente sea derogado por desuetudo; y por otra parte, porque incluso siendo una buena política, puede tener fallas de origen que se detectan con el transcurso del tiempo o con el ejercicio.

Paul Sabatier y Hank Jenkins-Smith, postulan, por ejemplo, que 10 años es un plazo prudencial para analizar una política pública y definir su continuidad, su modificación y su eficiencia. Pues bien, con la ley que creó las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, estamos un poco pasados de plazo. Se sancionó en 2009 y se utilizó por primera vez en 2011.

Dicha iniciativa resultó en principio exitosa: desde algún punto de vista, debilitó a los llamados “aparatos políticos”, fortaleció la democracia interna de los partidos, al menos en cuanto a la selección de los candidatos a cargos públicos electivos y provocó una mayor equidad electoral respecto a la posibilidad de que las agrupaciones cuenten con espacios audiovisuales y fondos de campaña, no tan relacionados con la capacidad de obtener recursos privados.

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No obstante, en otros aspectos, las PASO han desnudado falencias que hoy son muy notorias. Una de ellas, es el plazo de convivencia entre la publicidad oficial de los estados y la publicidad de campaña, que termina generando que los postulantes que manejan un estado, tengan una desmesurada ventaja respecto a aquellos que no administran uno al momento de la elección.

El artículo 64 quater del Código Nacional Electoral establece que: “Durante la campaña electoral, la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan; expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales. Queda prohibido durante los quince (15) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las primarias, abiertas simultáneas y obligatorias y la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales”.

De tal modo y en atención a que la campaña comienza, según el artículo 31 de la ley 26.571, 50 días antes de la elección, se produce una muy inconveniente convivencia de nada menos que 35 días, entre la publicidad del Estado, muchas veces gobernado por un candidato, y la publicidad de campaña, generándose así una iniquidad brutal entre quien enfrenta una competencia electoral gobernando un distrito y quien lo hace sin semejante ventaja. 

Especialmente porque la publicidad estatal tiene como único límite financiero, los recursos asignados al efecto por el poder legislativo de que se trate en la ley de presupuesto. Su contenido, distribución y difusión, y el momento en que todo eso ocurre es a pura discreción del gobierno de que se trate.

Otra de las cuestiones a considerar respecto a la ley de PASO son las sanciones, especialmente en lo atinente a infracciones normativas que puedan generar una ventaja comparativa. Por ejemplo, la prohibición de realizar inauguraciones o lanzamiento de políticas tendientes a captar el voto, carece de una sanción que inhiba a los funcionarios de ignorar la norma. Se anuncia una suba del límite no imponible del impuesto a las ganancias y nadie se da por enterado en el Poder Judicial, básicamente porque aunque procediesen conforme a derecho, la pena es irrelevante.

Hay mas aspectos a tener en cuenta, como posibilidades de reforma que no pueden omitirse, como la obligatoriedad del estado de otorgar espacios en medios audiovisuales y dinero, a quien va a primarias por obligación legal, pero no compite internamente con nadie. Tal vez, sería mas eficiente, que quien no tenga competencia interna pase directamente a la general, evitando así desde la impresión de boletas para no dirimir nada, hasta la cesión de espacios que resulta altamente dañosa para los medios de comunicación.

Respecto de este último tópico, el cargo que se impone a dichos medios con la mencionada cesión, debe ser permanentemente equilibrado y adecuadamente compensado. 

En fin, seguramente hay unas cuantas reformas mas por realizar en la normativa que rige las PASO y a la ley electoral en general. Cuestiones que hace un siglo eran primordiales como la obligatoriedad del voto, deben ser analizadas. Hoy, nadie se siente obligado, el ausentismo imperante lo corrobora, y en buena parte es porque la sanción resulta irrisoria, pero a la vez, incrementar la pena por un descontento del que la propia política es responsable, parece poco acertado, eventualmente, podría revisarse dicha imposición. 

En definitiva, el sistema electoral debe ser analizado, revisado y reconvertido a los tiempos que corren, adaptado a las necesidades sociales y apuntando a un avance sincero hacia un mayor grado de real equidad.