Cada vez que un femicidio conmueve a la sociedad, se repite una escena conocida. La indignación ocupa el centro de la escena pública, se exige justicia y vuelven los debates sobre las penas. Son reacciones comprensibles. Frente a un crimen de semejante gravedad, la respuesta penal resulta indispensable.
Quien asesina a una mujer por razones de género debe recibir la máxima sanción prevista por la ley. La figura del femicidio debe permanecer en el Código Penal y la prisión perpetua constituye una respuesta legítima frente a hechos de esta naturaleza.
Sin embargo, una pregunta fundamental suele quedar desplazada: ¿por qué llegamos siempre tarde?
La pregunta no apunta a relativizar la importancia del castigo ni mucho menos a cuestionar la necesidad de la sanción penal. Por el contrario, busca llamar la atención sobre los límites de una herramienta que, por definición, interviene cuando el daño ya está hecho.
La oficina de violencia doméstica de la Corte Suprema registró más de 107 mil denuncias desde 2008
Ahora bien, reconocer esos límites no implica ignorar las deficiencias concretas del sistema judicial y policial. Muchas mujeres denuncian situaciones de violencia y no reciben una respuesta adecuada. En otros casos, las medidas de protección resultan insuficientes, los mecanismos de seguimiento fallan o las respuestas estatales llegan demasiado tarde.
Tampoco puede desconocerse que existe una extendida percepción social de que algunos agresores recuperan rápidamente la libertad o incumplen restricciones impuestas por la Justicia sin consecuencias efectivas. Mejorar estas respuestas constituye una obligación ineludible del Estado.
Pero incluso si lográramos corregir esas falencias, seguiríamos enfrentando una dificultad más profunda. El problema no comienza cuando interviene un juez. Tampoco comienza con la primera denuncia. En muchos casos, el proceso es anterior y mucho más complejo.
Ningún varón nace creyendo que una mujer es de su propiedad. Ningún niño llega al mundo convencido de que tiene derecho a controlar a una pareja, revisar su teléfono, decidir con quién puede relacionarse, imponerle condiciones de vida o reaccionar con violencia frente a una separación. Esas ideas no son naturales. Se aprenden.
Son el resultado de procesos de socialización complejos en los que intervienen la familia, la escuela, los grupos de pertenencia, los consumos culturales y los mensajes que circulan cotidianamente en la sociedad.
Por eso, cuando se produce un femicidio, el problema no comenzó ese día. Tampoco comenzó cuando aparecieron las primeras agresiones físicas. En muchos casos, el desenlace fatal es el último capítulo de una historia más larga, atravesada por distintas formas de control, violencia psicológica, hostigamiento, aislamiento o dependencia económica.
La realidad demuestra además que los femicidios rara vez son cometidos por desconocidos. Con frecuencia, los agresores son parejas, ex parejas o personas que mantienen algún vínculo previo con la víctima. Los hechos suelen ocurrir en ámbitos privados, lejos de la mirada pública y de los mecanismos tradicionales de vigilancia estatal.
Allí aparece uno de los límites centrales del poder punitivo. El derecho penal puede castigar. Puede expresar una condena social frente a conductas intolerables. Puede, en determinados casos, ofrecer herramientas de protección. Pero no fue diseñado para transformar culturas ni para modificar las formas mediante las cuales las personas aprenden a relacionarse entre sí.
Esperar que el Código Penal resuelva por sí solo el problema de la violencia de género equivale a pedirle una tarea para la que nunca fue creado. El castigo es indispensable, pero no alcanza.
Por eso resulta preocupante que, mientras una parte del debate público se concentra casi exclusivamente en las penas, se debiliten o cuestionen herramientas destinadas a intervenir sobre las causas profundas del problema.
La Educación Sexual Integral, por ejemplo, no fue concebida únicamente para transmitir contenidos biológicos. Entre sus objetivos se encuentra también la construcción de vínculos basados en el respeto, la igualdad y la autonomía de las personas. Del mismo modo, diversos programas estatales orientados a la prevención de las violencias buscaban intervenir antes de que el conflicto alcanzara niveles irreversibles.
Puede discutirse la eficacia concreta de cada política pública. Lo que parece más difícil de sostener es que la eliminación de espacios de formación, prevención y reflexión contribuya a disminuir la violencia contra las mujeres.
Tampoco contribuye a ese objetivo la instalación permanente de sospechas sobre quienes denuncian. El debate sobre las denominadas "falsas denuncias" suele ocupar una visibilidad pública muy superior a su incidencia real.
La evidencia disponible muestra que los casos deliberadamente falsos representan una proporción reducida dentro del universo de denuncias por violencia de género. Sin embargo, el efecto social de colocar permanentemente bajo sospecha a quienes denuncian puede ser considerable: muchas mujeres pueden optar por callar ante el temor de no ser creídas, de ser estigmatizadas o incluso de enfrentar consecuencias legales por no poder probar hechos que, por su propia naturaleza, suelen ocurrir en ámbitos privados.
Por esa razón, cualquier iniciativa legislativa que pueda incrementar el temor a denunciar merece una discusión cuidadosa y responsable. El desafío principal no consiste en desalentar denuncias, sino en garantizar que las víctimas puedan acceder al sistema de protección estatal con confianza y obtener respuestas efectivas cuando deciden hacerlo.
Si aceptamos que las formas de dominación se aprenden, también debemos aceptar que pueden desaprenderse. Y si reconocemos que el femicidio suele ser el resultado extremo de procesos previos de violencia, entonces la prevención no puede comenzar cuando interviene un juez. Debe empezar mucho antes.
Las sociedades modernas depositaron una enorme confianza en el castigo. Frente a cada tragedia, la primera pregunta suele ser qué pena corresponde. Es una pregunta necesaria. Pero no debería ser la única.
Después de cada femicidio debemos exigir justicia. Debemos reclamar investigaciones eficientes, respuestas rápidas ante las denuncias, medidas de protección efectivas, cumplimiento de las condenas y el mantenimiento de herramientas jurídicas que permitan sancionar adecuadamente estos crímenes. También debemos exigir que ninguna mujer que pida ayuda sea ignorada por las instituciones encargadas de protegerla.
Pero, al mismo tiempo, deberíamos preguntarnos qué estamos haciendo para evitar que algunos varones lleguen a creer que pueden controlar la vida de una mujer y decidir sobre su destino.
La prisión perpetua puede ser una respuesta necesaria frente al femicidio. Pero una sociedad no debería medir el éxito de sus políticas por la cantidad de condenas que impone, sino por la cantidad de mujeres que logra proteger antes de que la violencia llegue a un punto de no retorno. Porque cuando la discusión comienza después del femicidio, la sociedad ya ha llegado tarde.
*Dr. en Derecho y Ciencias Sociales. Profesor de Historia del Derecho en Universidad Nacional de Córdoba y Universidad Católica de Córdoba