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Mercosur

Computar los votos

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Leer. Los sistemas electorales esá previsto en la Consitución. | cedoc

Los sistemas electorales para la elección de presidente, vicepresidente y legisladores nacionales, en un noventa por ciento, están previstos en la Constitución Nacional. El diez por ciento restante surge del Código Nacional Electoral, así como la totalidad del sistema electoral que se usa para elegir a los parlamentarios del Mercosur.

Con relación a la forma de computar los votos, está prevista en la ley fundamental para la elección del presidente y vice, y en el Código Nacional Electoral para el resto de los cargos nacionales.

Así, por ejemplo, si queremos saber si en la primera vuelta de la elección presidencial los votos en blanco o los votos nulos (que son los que la gente suele llamar erróneamente “votos impugnados”), se cuentan o no, o si benefician a alguien o no, tenemos que recurrir a la Constitución Nacional, la que, en su artículo 97 establece que se cuentan los votos “afirmativos” (no en blanco) y “válidamente emitidos” (no nulos).

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Por lo tanto, es la Constitución Nacional la que dispone que la base para calcular si una fórmula superó, o no, el cuarenta y cinco por ciento (o si quedó entre el cuarenta y el cuarenta y cinco, con más de diez puntos sobre la segunda) no incluye los votos en blanco o nulos. En consecuencia, la base para el cálculo de porcentajes se achica, y así aumentan los porcentuales de todas las fórmulas, beneficiándose la que más votos obtuvo nominalmente, a la que los que votaron en blanco o hicieron un voto nulo ayudan a alcanzar y superar el porcentual exigido (45%)

En el balotaje tampoco se cuentan los votos en blanco y los nulos, por cuanto así está establecido en el artículo 151 del Código Nacional Electoral. Sin embargo, no son neutrales quienes votan de ese modo en segunda vuelta, porque si bien aquí no es necesario que una de las dos fórmulas logre un determinado porcentual (ganando la que más votos obtiene), si todos los que en primera vuelta votaron a Schiaretti, Bregman o Bullrich ahora votaran en blanco o nulo, la situación de Massa y Milei no cambiaría y se beneficiaría el que más votos consiguió el 22 de octubre. Otra vez, votar en blanco o hacer un voto nulo en el balotaje no es neutral.

En cuanto a la elección legislativa, si bien ha quedado definida en la primera vuelta, cabe hacer una distinción entre diputados, senadores y parlamentarios del Mercosur. Veamos.

En la elección de diputados nacionales, a los efectos de saber qué cantidad de votos obtuvo cada lista, y por ende para saber cómo se asignan las bancas, los porcentajes se calculan sobre la totalidad del padrón electoral (Art. 160 del Código Nacional Electoral). Por lo tanto, no solo se cuentan los votos emitidos de cualquier modo, sino todo el padrón, siendo indiferente si el voto ha sido válido, nulo, afirmativo o en blanco.

Mientras tanto, en la elección de senadores nacionales y parlamentarios del Mercosur, los porcentajes se calculan sobre los votos emitidos (Arts. 157 y 164 ter. del Código Nacional Electoral), siendo también indiferente si se ha votado en blanco o si se ha hecho un voto nulo, porque al fin y al cabo estos son votos emitidos.

Conclusión: si bien los votos en blanco y los nulos no “van para el que gana” –como suele afirmarse–, en la elección presidencial, sea en primera o en segunda vuelta, benefician a alguien indirectamente.

Entender cómo funciona el sistema ayuda a tener más elementos de análisis para votar con más criterio y conciencia cívica.

*Abogado constitucionalista. Prof. Derecho Constitucional UBA.