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Qué cambia para los conductores con la nueva Ley de Tránsito en Córdoba: luces DRL, radares y sanciones más severas

Las modificaciones impactarán directamente en la vida cotidiana de los conductores. Los cambios, que entrarán en vigencia tras su publicación en el Boletín Oficial, actualizan la normativa vial con énfasis en tecnologías de fiscalización y un endurecimiento del régimen sancionatorio.

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Los autos deberán circular con luces bajas encendidas o las DRL. | CEDOC

La Legislatura provincial aprobó modificaciones a la Ley 8.560 que incluyen la legalización de luces DRL, la implementación de radares en rutas y una reclasificación de infracciones con sanciones más duras. Los conductores deberán adaptarse a nuevas exigencias en materia de iluminación vehicular y enfrentar multas más severas por exceso de velocidad y falta de seguro.

Uno de los cambios más esperados por los automovilistas es la validación legal de las luces DRL (Daytime Running Lights), un sistema de iluminación diurna que traen de fábrica muchos vehículos modernos. Hasta ahora, circular solo con estas luces generaba dudas sobre su legalidad y exponía a los conductores a posibles infracciones.

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La nueva normativa equipara las luces DRL con las luces bajas tradicionales, pero establece una condición: deben encenderse automáticamente junto con la luz de posición trasera. Esta disposición rige siempre que exista luz natural suficiente y condiciones normales de visibilidad.

Sin embargo, la ley mantiene la exigencia de luces bajas convencionales en casos de condiciones meteorológicas adversas como niebla, lluvia intensa o nevada. En estas situaciones, además, deberán encenderse las luces de niebla si el vehículo las posee.

Las motocicletas y los vehículos que circulen por carriles reversibles o en sentido contrario al normalmente habilitado deberán llevar luz baja o DRL encendida durante el día, sin excepciones.

Radares en rutas provinciales

La actualización legislativa habilita formalmente la radarización de las rutas cordobesas. El texto permite la utilización de medios digitales y dispositivos electrónicos remotos para detectar y documentar infracciones de tránsito.

Esta medida busca fortalecer el control vial en corredores provinciales, donde el exceso de velocidad es una de las principales causas de siniestros. Los radares podrán operar sin presencia física de inspectores, lo que amplía significativamente la capacidad de fiscalización del Estado provincial.

Infracciones más graves y nuevas sanciones

La reforma introduce una reclasificación del cuadro general de infracciones que endurece las sanciones para ciertas conductas. Ahora se tipifican como graves la ingestión de sustancias que disminuyan las facultades psicofísicas del conductor y la conducción sin licencia habilitante.

Las infracciones muy graves incluyen el exceso de velocidad, circular sin seguro obligatorio, el exceso en peso o dimensiones máximas permitidas para vehículos de transporte, y las competencias o carreras entre vehículos.

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Una novedad es la incorporación de la figura de reiterancia como agravante. Los conductores que cometan una o más infracciones antes de que quede firme una sanción anterior enfrentarán penalidades más severas. La autoridad considerará la proximidad temporal entre las infracciones, su similitud, su gravedad y la predisposición del infractor para adecuar su comportamiento.

Más allá de las multas económicas tradicionales, la ley incorpora alternativas con fin pedagógico y restaurativo: trabajo comunitario e "instrucciones especiales" como cursos de seguridad vial o programas terapéuticos.

Para infracciones leves se introduce la figura del apercibimiento, que no implicará sanción económica pero quedará registrado para considerarlo en casos de reincidencia. Transcurrido un plazo determinado sin nuevas faltas, el apercibimiento perderá efectos; caso contrario, se aplicarán las multas previstas.

Facilidades para descargos

La normativa contempla una facilidad para quienes cometan infracciones lejos de su domicilio. Los conductores multados a más de 60 kilómetros de su residencia podrán realizar su descargo en la justicia de faltas de su jurisdicción.

Para infractores domiciliados fuera de Córdoba, la ley exige registrar la identidad digital a través de la plataforma "Ciudadano Digital".