OPINIóN
Columna de la USAL

12 años sin Defensor del Pueblo: "Una deuda con el pueblo y con la Constitución Nacional"

Desde entonces todos los Gobiernos de distinto signo político no han cubierto el cargo. ¿Por qué hemos llegado a esta situación vergonzosa?

La cúpula del Congreso Nacional.
La cúpula del Congreso Nacional. | Cedoc

Escribo estas líneas dirigidas al Gobierno (Poder Ejecutivo y Poder Legislativo) con el íntimo deseo de que la figura del Ombudsman o Defensor del Pueblo no sea olvidada por quienes nos gobiernan. Pero además le escribo al Pueblo todo para que no naturalice la falta de un Defensor del Pueblo.

A ambos les recuerdo que hace 12 años que está vacante esa Institución Constitucional. ¿Por qué hemos llegado a esta situación vergonzosa? Dos factores sustentan mi afirmación:

Primero, en un comienzo creía que era desinterés de la dirigencia política que prefiere tener a esa figura constitucional en estado vegetativo sin cubrir el cargo pero ahora entiendo que no es un simple desinterés; frente a la reacción del Gobierno al reciente fallo de la CSJN donde su Presidente sostuvo que “la emergencia no es una franquicia para ignorar el derecho vigente” creo que el Gobierno detesta el control.

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En segundo lugar precisamente las funciones que el artículo 86 de la CN le otorga al Defensor del Pueblo no cabe duda que puede incomodar a cualquier Gobierno: esas funciones son: “defensa de los derechos humanos frente a actos, hechos u omisiones de la Administración y el control del ejercicio de las funciones administrativas”. A mis alumnos les recuerdo que para la generalidad de la sociedad argentina la ley es una sugerencia. Y obviamente el artículo 86 de la CN es una sugerencia para la dirigencia política actual.

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Cumplí los 5 años de mi mandato, senté las bases que considere sólidas de esa Institución Constitucional; al vencer dicho mandato y no habiendo sido reelecto (confirmando las enseñanzas de mis maestros de Europa que me adelantaron que un buen Ombudsman no es reelecto), se produjo la alternancia. Quien me sucedió fue reelecto pero no termino su segundo mandato porque quiso aspirar a un cargo político partidario en la provincia de Córdoba; quedo así vacante desde 2009.

Desde entonces todos los Gobiernos (2009-2021) de distinto signo político no han cubierto el cargo. Como lo sostengo en la tercera edición de mi último libro “El Ombudsman: defensor del pueblo y de las instituciones republicanas” que se publicará este año, es conocida aquella famosa máxima que mis maestros del derecho me enseñaron y que decía “los hombres pasan, las Instituciones quedan…”; sin embargo en base a mi propia experiencia entiendo que debería agregarse un párrafo adicional que aclare “cómo quedan (las instituciones) dependerá de los hombres que han pasado”; con ello quiero manifestar que no son las instituciones las que deben cuestionarse sino los hombres que las ejercen.

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Es el hombre, el funcionario quien prestigia, honra o deshonra, califica o descalifica la Institución; yo tengo mi conciencia tranquila acerca de cómo dejé la Defensoría del Pueblo de la Nación luego de haber tenido el singular privilegio de fundarla desde la nada. Y por supuesto me da mucha pena cómo ha ido involucionando desde entonces.

Recordé hace dos años “cómo se llegó a esta situación de vacancia durante diez años. En estos 26 años desde su fundación, la institución transitó por tres etapas bien definidas: la primera, desde el 17 de octubre de 1994 hasta el 17 de octubre de 1999, en las cuales ejercí el primer mandato constitucional, el Defensor del Pueblo de la Nación tuvo reconocimiento nacional e internacional. La segunda concluyó cuando mi sucesor quien cumplió casi dos mandatos sucesivos, resignó el cargo el 9 de abril de 2009 para postularse como candidato a senador por la provincia de Córdoba…  Aquí comenzó la tercera etapa, por lo cual la institución quedó interinamente a cargo de su secretario general que dejo su cargo cuando resulto electo vicegobernador de la provincia de Jujuy en octubre de 2015. Desde entonces está a cargo del subsecretario general el cual carece de las facultades esenciales que otorga la Constitución Nacional y la ley orgánica para desempeñar en plenitud sus funciones. Es que el Defensor del Pueblo siempre camina por la cornisa. Es acosado por la sociedad y por los Gobiernos. Por la sociedad quien generalmente busca en él las soluciones que el gobierno no le da; siempre espera más de su gestión en alguna medida ilusionada por la generosa denominación de Defensor del Pueblo. Por el Gobierno porque se resiente por las acciones de impronta popular. La figura del Defensor del Pueblo tiende a incomodar a la mayoría de los gobernantes. ”

La institución del Defensor del Pueblo está en estado vegetativo

Ya sea que el Estado y sus Gobiernos adopten un perfil abstencionista o interventor siempre aspirará a ser un Estado de Bienestar. En cualquier caso y ante los avances del llamado populismo no debe perder de vista que su objetivo es la sociedad de malestar, malestar no con la democracia, pero sí en la democracia. En cualquier caso siempre el Defensor del Pueblo actuará ante los abusos del poder en cualquiera de sus manifestaciones. Ante la gravedad y dimensión de la crisis sanitaria y económica que afecta y afectará a toda la Humanidad como consecuencia de la Pandemia resulta necesario ubicar en este contexto inédito al Defensor del Pueblo. La cuarentena ha trastocado la vida de cada uno y de todos los habitantes de nuestra sociedad.

El tejido social y económico de la sociedad se encuentra gravemente lesionado por lo cual el Gobierno tendrá la difícil misión de restaurar la confianza y acrecentar sus esfuerzos para superar esos desequilibrios económicos, sanitarios, sociales, entre otros. Y allí nuestro Defensor del Pueblo deberá asumir un rol activo controlando a las autoridades, conteniendo y protegiendo al pueblo de los abusos y arbitrariedades que se pueden cometer y que se han cometido desde el Poder Público. Por ello nunca más necesario que exista una Institución representada por un funcionario que actúe con independencia, con autonomía funcional, sin recibir instrucciones de ninguna autoridad (art. 86 CN) acogiendo los reclamos del pueblo que seguramente se multiplicarán como consecuencia de las falencias y carencias que existen; así, por ejemplo, la desocupación, la inseguridad, la falta de vivienda, alimentación, salud, educación, vacunación y así podría continuar con cada uno de los derechos individuales, sociales y colectivos que son las más inmediatos.

 

* Profesor Emérito (Universidad de Belgrano y Universidad del Salvador. Defensor del Pueblo de la Nación  Argentina (1994-1999).