POLITICA
"Quien las hace, las paga"

Javier Milei envió al Congreso una reforma integral de seguridad contra el crimen organizado

El Presidente junto a otros funcionarios del Ejecutivo Nacional presentaron cuatro proyectos que incluyen reiterancia, ley de mafias y legítima defensa, entre otras medidas.

Milei en el Congreso
Milei en el Congreso | Cedoc

El presidente Javier Milei envió este martes al Congreso cuatro proyectos de ley en materia de seguridad para abordar de manera integral la lucha contra la criminalidad organizada. Según el Gobierno, se tratan de medidas "fundamentales para terminar con el crimen en todas sus formas y escalas y dar lugar a un cambio profundo y definitivo para toda la sociedad argentina".

El paquete incluye una nueva "Ley Antimafias; la creación de un Registro Nacional de Datos Genéticos; la incorporación del concepto de reiterancia a fin de reducir los porcentajes delictuales; modificaciones a la unificación de condenas y concurso de delitos; legítima defensa y cumplimiento del deber para resguardar planteamientos ideológicos a quienes tienen la responsabilidad de cuidar y proteger a los argentinos".

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Los proyectos llevan la firma del mandatario, el jefe de gabinete de ministros, Nicolás Posse, y de los ministros de Seguridad y Justicia, Patricia Bullrich y Mariano Cúneo Libarona, respectivamente.

"La reforma integral de seguridad busca que en cada pueblo, localidad, ciudad o provincia argentina, la seguridad sea la normalidad. Los argentinos deben poder vivir en un país en el que quien las hace, las paga. Y los delincuentes tienen que saber que no van a seguir caminando tranquilos como si nada pasara", indicaron desde el Gobierno.

Ley Antimafias

La nueva Ley Antimafias apunta contra las organizaciones criminales y fue diseñada para que pueda aplicarse en varios delitos. "La ley contra las organizaciones criminales, cambia de cuajo el modelo que hoy significa que vayamos agarrando hormiguita por hormiguita. Ahora vamos por el hormiguero", graficó Bullrich cuando presentó, en marzo de 2024, el proyecto en Casa Rosada. De esa manera, se contempla una pena más alta de 8 a 20 años de prisión o reclusión por "la mera pertenencia a la asociación", afirma la ley.

En la norma "se delimita la procedencia de la aplicación del proyecto de ley circunscribiendo a la comisión de delitos que involucren tipos penales específicos -tráfico ilícito de estupefacientes, lavado de activos, homicidios, lesiones, pornografía infantil, privación ilegítima de la libertad, secuestro, coacción, amenazas, extorsión, trata de personas, tráfico de órganos, intimidación pública, incendios, estragos y tenencia ilegal de armas y/o explosivos- y que estén verosímilmente relacionados con los objetivos de una organización criminal".

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La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, presentó el pasado marzo el proyecto de Ley Antimafias en Casa Rosada.

También "crea la figura de la Zona de Investigación Especial, con el objeto de establecer mecanismos de actuación ágiles para los diversos poderes del Estado, lo que posibilitará una respuesta más rápida y efectiva en el marco de la actuación operativa y de investigación".

Otro punto novedoso es que la pena por delito más grave que le corresponda a quien cometió el hecho también se aplicará a todos los miembros de la organización solamente por pertenecer a ella, ya que se considera que todos son partícipes necesarios para llevar a cabo el acto delictivo final.

Con el objeto de menguar los recursos de las organizaciones criminales, el proyecto contempla la extinción de dominio de cualquier bien que presumiblemente sea producto de sus actividades para su inmediata transferencia al dominio del Estado Nacional.

Reiterancia

Con el objetivo de reducir el porcentaje de delitos, otro de los proyectos contempla que se incorpore el concepto de reiterancia. De acuerdo a la ley vigente, se considera reincidente a toda persona que fue condenada dos o más veces a una pena con privación de la libertad efectiva

En ese sentido, con la introducción de la reiterancia, ya no será condición que las condenas hayan sido cumplidas. Bajo esa nueva normativa, si concurren dos hechos independientes, las penas se suman de manera aritmética, hasta un máximo de 50 años.

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Según explica el proyecto de ley, en el país se registraron "múltiples hechos de inseguridad, algunos de los cuales han terminado incluso con la vida, la integridad física o la integridad sexual de las personas". Al respecto, el texto sostiene que "muchos de esos delitos" fueron perpetrados por individuos que estaban imputados en al menos uno o múltiples procesos penales, "pero seguían en libertad, sin que siquiera pudiera agravarse su situación procesal por la reincidencia o por la reiterada comisión de actos ilícitos".

"Las modificaciones que se proponen vienen a solucionar ese problema al reformar las normas de reincidencia, que hasta ahora no contemplan siquiera la situación de una persona ya condenada como antecedente para considerarla reincidente, sino que la ley exige que se haya cumplido al menos una parte de la pena en prisión", precisa en sus fundamentos.

Nuevo registro de Datos Genéticos

Sumado a esto, en el paquete aparece el Nuevo Registro de Datos Genéticos, en línea "con las pautas que prevalecen en la mayoría de los países del mundo". Al respecto, propone ampliar el alcance del actual Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, que funciona en la órbita del Ministerio de Justicia, con la creación del "Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados con la investigación criminal", en el ámbito del Ministerio de Seguridad de la Nación.

De esta forma, se extiende el registro a todos los delitos y no únicamente a los cometidos por ofensores sexuales, "lo cual constituirá una verdadera revolución en la identificación criminal, como lo fue en septiembre del año 1891 la identificación dactiloscópica diseñada por el argentino Juan Vucetich", destaca el proyecto entre sus fundamentos.

Con este nuevo sistema, se prevé poder comparar las huellas genéticas que se obtengan en la escena del hecho con el perfil genético de los imputados y condenados, "agilizando así todos los procesos para alcanzar Justicia". "Se trata de un Registro que es efectivo y resulta una herramienta judicial altamente útil para la dilucidación de los delitos. La inclusión de imputados por un delito permite localizar a los autores de otros", subrayaron.

Prueba de ADN
El nuevo registro de datos genéticos permitirá que los familiares de personas desaparecidas puedan aportar su ADN.

Asimismo, el registro incluye el aporte voluntario de familiares de personas en búsqueda, de manera que se podrá comparar el perfil genético de un cuerpo o de una persona no identificada con esas huellas otorgadas por sus familiares. En sus fundamentos, la normativa argumenta que existen más de 6.000 personas perdidas o desaparecidas, siendo que "muchos de esos casos se tratan, lamentablemente, de homicidios o de femicidios".

Sin embargo, "muy pocos pueden ser individualizados y, generalmente, cuando ello sucede, es por una coincidencia. Esto se debe a que no existe un registro de ácido desoxirribonucleico (ADN) de las personas en búsqueda". Por ese motivo, el Registro se presenta como "una herramienta que cubre una deuda del Estado Nacional para el eficaz hallazgo de personas en búsqueda".

Orden público y legítima defensa

Uno de los textos se refiere al orden público y la legítima defensa, considerando, que en muchas oportunidades, los efectivos de las fuerzas de seguridad "se han visto inhibidos de actuar - basados en su experiencia personal- ante la posibilidad de resultar imputados por cualquier acto que lleven a cabo en cumplimiento de su deber o en ejercicio de su legítima defensa".

Ante ese escenario, el proyecto actualiza el Código Penal y pone la mirada en "la víctima de los delitos y en su derecho a repeler los ataques como en el resguardo de un espacio legal adecuado dentro del cual las fuerzas del orden puedan actuar en cumplimiento de su deber sin comprometer su carrera ni su libertad, lo cual es fundamental para que puedan defender la vida y la libertad de los ciudadanos".

"Desde esta mirada, la legítima defensa es un derecho de las personas que proviene de su derecho a la vida y a la integridad, ante una situación que las pone en riesgo", señalan los fundamentos de la propuesta.

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En ese sentido, el proyecto postula que se contemple la situación de quien se defiende de un agresor que, aun desarmado, puede tener una diferencia de edad, contextura física o experiencia en la riña o en el número de agresores suficientes para dañar su integridad física o sexual.

La reforma propuesta amplía también el marco ofrecido en la legislación vigente para "resguardar al que se defiende de quien escala el muro de su hogar, situación para la que se exigía que esto se hubiera producido durante la noche y que, con el proyecto, se extendería a cualquier hora del día". Del mismo modo, comprende no solo a quien se defiende de la presencia de un extraño en su hogar, sino también en un lugar donde legítimamente se alojara o trabajara, tal como podría ser una oficina, comercio o establecimiento.

Se incorporan también precisiones que ya ha recogido en algunos casos la jurisprudencia, como la situación de quien se defiende de alguien que apunta con un arma falsa con apariencia de un arma real o de quien ejerce una agresión -típicamente disparos de un arma de fuego- mientras se aleja de la víctima.

MB / ED