POLITICA

La Justicia cordobesa dio lugar a cautelar del AFSCA por las antenas

El gobierno de De la Sota inhabilitó antenas de la Televisión Digital Abierta e hizo reaccionar a Sabbatella. El plazo para informar sobre posible impacto ambiental.

Sabbatella a principio de mes en Córdoba, donde hizo la presentación en la Justicia local.
| Télam

Luego del amparo del gobierno, que frenó momentáneamente el cierre de las antenas de la Televisión Digital Abierta (TDA) en Córdoba, el juez federal Nº 2 de esa provincia, Alejandro Sánchez, terminó de hacer lugar a la medida cautelar que presentó la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), a cargo de Martín Sabbatella y fijó un plazo de 90 días para cumplir con los reclamos del gobierno provincial.

"Las omisiones y/o errores que apunta la administración provincial, según se desprende de los sumarios administrativos aludidos, ninguna de ellas alude a la existencia de un impacto ambiental actual, inminente y grave, como así tampoco, daño a la salud de la población, que amerite detener las obras llevadas a cabo por la empresa Arsat, ni interrumpir las trasmisiones televisiones", indicó el magistrado.

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Sánchez aceptó así la cautelar que presentó el titular del Afsca, Martín Sabbatella, cuando el gobierno de Córdoba ordenó interrumpir la transmisión de TDA por su eventual impacto en el medio ambiente, informó DyN.

El juez federal también resolvió que la empresa Arsat, que lleva adelante la instalación de las torres de transmisión, tendrá un plazo de 90 días para cumplir con las observaciones que formuló Córdoba a través de la Secretaría de Ambiente.

"Tampoco escapa al suscripto que la empresa actora comenzó la obra relacionada sin cumplimentar con el procedimiento previo establecido por las normas locales (Ley 7343), dado que el pedido 'Aviso de Proyecto' fue presentado cuando ya habían comenzado las operaciones de instalaciones de las estructuras de soporte de los equipamientos de comunicaciones", planteó el juez en su resolución.

Sánchez agregó que "si bien la obra ejecutada por la empresa Arsat, tiene importancia a nivel nacional, ello no autoriza a desconocer la normativa específica establecida por el gobierno local dado nuestro sistema federal de gobierno que consagra el principio de la autonomía de los poderes locales (CN arts. 5 y 123), lo que implica que conservan todo el poder no delegado en el Gobierno Federal (CN, art. 121)".