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PANDEMIA DE CORONAVIRUS

Abogado explica qué pasará con quienes infrinjan las nuevas restricciones sanitarias

José Vera, abogado penalista, habló sobre las consecuencias que tendría violar el nuevo toque de queda sanitario.

Las nuevas restricciones decretadas por el presidente Alberto Fernández este jueves 7 de enero a raíz del aumento de casos de coronavirus, desembocaron en que se vuelva a poner el foco en el artículo 205 del código penal.

El mismo contempla castigos de 6 meses a 2 años de prisión, para quienes ayuden a propagar una epidemia y que fue utilizado como resorte legal para sancionar a quienes infringieron la cuarentena impuesta el 20 de marzo de 2020. 

En este contexto, el equipo de RePerfilAr se comunicó con José Vera, abogado penalista, quien habló sobre las consecuencias de infringir las nuevas restricciones que impondrá el gobierno para evitar la propagación del virus en el país.

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“Yo no creo que vaya a haber una conducta persecutoria y, si la hay, solamente será durante el transcurso de los primeros días. Es probable que la norma se vea centrada en evitar grandes manifestaciones, fiestas o eventos y no afecte a la persona que vuelve de trabajar”, aseguró Vera con respecto al toque de queda sanitario.

Sobre los antecedentes penales que pudiera llegar a tener quien fuera procesado por romper la cuarentena, Vera aseguró: “Va a aparecer en los antecedentes. Es lo mismo tener una causa por robo, tenencia de droga o infracción de las normas que pretenden evitar una pandemia”.

Asimismo, el especialista añadió que hasta que no se llegue a una segunda instancia de juicio oral, la persona padecerá todas las consecuencias de estar sometido a un proceso penal federal.