Un insólito caso relativo al derecho de identidad tuvo lugar en la provincia de Río Negro. Una mujer que inició el trámite de jubilación descubrió que nunca fue inscripta en el Registro Civil y que su nombres y apellido le pertenecían a otra persona que había nacido poco antes que ella y reside en una localidad cercana.
“No le corresponde el beneficio porque ya hay otra persona bajo el mismo nombre y número de DNI percibiendo la jubilación”. Esa fue la respuesta que le dio la ANSES luego de que la protagonista -cuya identidad permanece anónima- enviara los papeles correspondientes. Inmediatamente, comenzó un reclamo en la Justicia.
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El caso cayó en manos de la jueza de familia de General Roca, Moira Revsin. Tras la investigación, determinó que el número de documento que tenía la damnificada "siempre creyó propio pero era de aquella otra señora y su nacimiento, ocurrido en el otoño de 1959, jamás había sido inscripto".
El expediente también señala que la mujer usó la libreta verde del Documento Nacional de Identidad (DNI) con su foto que "le dieron a los 18 años y nunca tuvo inconvenientes, pero cuando inició los trámites para jubilarse, descubrió una serie de coincidencias, omisiones y errores administrativos".
El fallo judicial, que finalmente habilitó su jubilación, añade que de todas formas la registración de su nacimiento "no podrá ser completa", ya que no se cuenta con registros oficiales.
Qué sucedió al momento de registrar su identidad
De la investigación, se desprendió que no hay datos que permitan acreditar la identidad de su padre ni de su madre. "El único papel que la relaciona indirectamente con su papá es el acta de nacimiento de su hermana mayor, quien sí fue anotada, aunque únicamente con filiación paterna, sin que quede registro alguno del nombre de la madre", informa el documento.
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Además, explica que en el momento en que nació la mujer y hasta 1985, cuando entró en vigencia la Ley Nacional de Filiación 23.264, las personas nacidas de parejas no casadas legalmente eran inscriptas por el progenitor o la progenitora que personalmente hacía el trámite. Cuando el padre lo hacía sin la presencia de la madre, se solía "invisibilizar la maternidad dejando vacía la filiación materna", aunque la madre podía hacer el reconocimiento expreso si "estaba al tanto de esta situación".
En ese punto, la jueza Revsin señaló que “no puede omitir entender el contexto socio-geográfico e histórico" en el cual se produjeron estos nacimientos. "Todas estas personas vivían en zonas rurales muy alejadas de centros poblados, donde era difícil acceder a oficinas de la administración pública para la realizar trámites", cerró.
FP cp