ECONOMIA
Cambios Tributarios

Pagarán Ganancias indemnizaciones por despido y ventas de inmuebles

En el caso de los indemnizados, serán alcanzados por el tributo sólo las personas que hayan ocupado cargos ejecutivos y directivos.

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Venta de Inmuebles. | CEDOC

A través de un decreto publicado hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional reajustó hoy, de manera parcial, la reglamentación del Impuesto a las Ganancias. A partir de esta modificación, comenzarán a pagar Ganancias las indemnizaciones de personas que hayan ocupado cargos directivos o ejecutivos en empresas públicas o privadas. 

Las indemnizaciones deberán tributar este impuesto cuando el despedido haya ocupado un cargo gerencial durante, al menos, un año antes de la desvinculación, y cuya remuneración bruta mensual supere en quince veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil, que hoy está en $10.700. Es decir, alrededor de $160.500.

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En concreto, lo dispuesto establece que quedan comprendidas en las previsiones del impuesto "las sumas que se generen con motivo de la desvinculación laboral de empleados que se desempeñen en cargos directivos y ejecutivos de empresas públicas y privadas".

Por otra parte, también se suman a la obligación de pagar el Impuesto a las Ganancias las ventas de inmuebles. La Reforma Tributaria del Gobierno incorporó el Impuesto a las Ganancias del 15% sobre la renta de capital que se genere gracias a la venta de una segunda casa, hecho que queda reglamentado a partir de este decreto. Sin embargo, este cambio solo abarca a aquellas propiedades que se sean adquiridas después del 1º de enero de 2018, sin importar cuándo sean vendidas.

Asimismo, el decreto especifica que "se exceptúan aquellos ingresos provenientes de la venta de la casa-habitación del contribuyente". Es decir, del lugar donde vivan.

JPA/FeL