OPINIóN

La Masacre de Napalpí, el juicio por la verdad y la reconfiguración de la relación Estado y pueblos indígenas

Casi un siglo después, la sentencia conocida ayer reconoció la responsabilidad del Estado argentino y determinó que fueron crímenes de lesa humanidad en el contexto de un genocidio de los pueblos indígenas. Además, ordenó medidas de reparación.

Masacre de Napalpí
Masacre de Napalpí (Chaco): ocurrió el 19 de julio de 1924 | CEDOC

En 1924, en lo que hoy es la provincia del Chaco (en las primeras décadas del siglo XX era considerado territorio nacional), un centenar de policías de territorios nacionales, gendarmes, y algunos civiles armados, dispararon sobre una multitud de indígenas (alrededor de mil), quienes estaban reunidos para reclamar por las condiciones de trabajo prácticamente esclavas a la que eran sometidas, en lo que se conocía como la Reducción de Indios de Napalpí.

En su mayoría eran mujeres, niñas y niños, ancianos y ancianas, de los pueblos Qom y Moqoit. Fueron asesinadas entre 400 y 500 personas. La matanza fue negada, invisibilizada y encubierta por el Estado.

Después de casi un siglo, el juicio por la verdad se presenta como un punto de inflexión en una relación traumática entre el Estado y los pueblos indígenas, atravesada por el racismo, la discriminación, y la criminalización de las comunidades indígenas cuando reivindican por sus derechos.

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El reconocimiento de la responsabilidad del Estado nacional argentino en la planificación, coordinación, y ejecución de la masacre es un paso adelante para repensar una relación, que debe ser configurada para poder construir, finalmente, genuinos Estados igualitarios.

 

Estos hechos fueron considerados crímenes de lesa humanidad en el contexto de un genocidio de los pueblos indígenas. Las medidas que la sentencia ordena como reparación (publicación de la sentencia, restitución de los restos a la comunidad, continuar con la búsqueda de las fosas comunes, introducir en los planes de estudio la descripción de los hechos acontecidos, entre otras) constituyen, desde lo simbólico, modos de revisión de una historia oficial que siempre ha desconocido que el Estado argentino se construyó sobre un hecho histórico documentado y comprobado: el genocidio indígena.

Contemporáneamente, ya avanzado el siglo XXI, seguimos asistiendo a hechos de violencia por parte del Estado que reproducen acciones del pasado. A pesar de que se encuentran vigentes en Argentina un conjunto de derechos específicos para los pueblos indígenas que tienen la pretensión de respetar la diversidad, su cultura, y que los considera como sujetos colectivos y políticos, lo cierto es que la realidad demuestra que subsisten, como hace un siglo, el racismo y la discriminación, y principalmente una incomprensión de los alcances de las demandas indígenas.

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Esta incomprensión vuelve a estigmatizarlos, a subordinarlos y, en el mejor de los casos, a incluirlos en el “cajón de sastre de los vulnerables”, para quienes sólo basta con pensar en planes asistencialistas, o en medidas de corto alcance tendientes a enfrentar las situaciones coyunturales que se presentan.

Si miramos al futuro, hacia un horizonte que no debe ser necesariamente muy lejano, la Masacre de Napalpí es un recordatorio palpable de los impactos que las acciones del Estado han tenido sobre los pueblos indígenas, afectando su identidad cultural, alcanzando a las generaciones futuras de indígenas que siguen viviendo el despojo, la persecución y el desprecio.

Este juicio por la verdad también nos demuestra que la construcción de otra relación con el Estado, y la gestación de espacios de diálogo intercultural, son posibles. En este tiempo, las realidades que enfrentan los pueblos indígenas debería convertir esta posibilidad de diálogo en acciones urgentes; y asimismo nos recuerdan con claridad cuáles son las obligaciones del Estado frente a los pueblos indígenas, obligaciones que siguen siendo una deuda pendiente y que una sentencia como la de Napalpí intenta empezar a reparar.  

 

* Silvina Ramírez, abogada especializada en derecho indígena e integrante de la Junta Directiva del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) y la Asociación de Abogadxs de Derecho indígena (AADI).