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Tras la polémica

Casación rechazó el pedido de domiciliaria a Ricardo Jaime

El ex secretario de Transporte la solicitó por sus patologías de salud. Pero el máximo tribunal penal, tras el pedido de Pietragalla, la rechazó.

Ricardo Jaime está detenido desde el año 2016.
Ricardo Jaime está detenido desde el año 2016. | NA

La Cámara Federal de Casación rechazó el pedido de arresto domiciliario del ex secretario de Transporte kirchnerista, Ricardo Jaime. La decisión del máximo tribunal penal del país se da pocas horas después de la polémica suscitada por la intervención del Ejecutivo, a través de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, que pidió a la justicia que otorgara el beneficio a Jaime.

La magnitud de la polémica incluyó que el titular del área, Horacio Pietraglla, se entrevistara ayer personalmente con el presidente Alberto Fernández, en la Quinta de Olivos. “La situación del peticionante no encuentra sustento en ninguna de las causales legalmente establecidas como para acceder a la solicitud de arresto domiciliario intentada”, sostuvieron los jueces Eduardo Rafael Riggi y Liliana Elena Catucci, en su voto. La decisión contó también con el aval de Juan Carlos Gemignani, tercer miembro de la Sala.

Jaime está detenido desde el 2 de abril de 2016, cuando se convirtió en el primer ex funcionario del kirchnerismo en caer preso. Fue por la causa en la que se investigaba la compra de trenes chatarras a Portugal y España. En tanto que tiene una condena confirmada por Casación en el marco de la causa por la Tragedia Ferroviaria de Once, en la que murieron 52 personas y 789 resultaron heridas. 

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El ex funcionario había pedido su arresto domiciliario previo a la pandemia de covid-19 que azota al país y tiene a las cárceles en estado de alerta. Fue alegando motivos personales de salud, entre ellos un cuadro de depresión, así como la necesidad de cuidar de su madre y la enfermedad de uno de sus hermanos. Lo hizo a través de su defensa oficial y luego, en la última semana, la Secretaría de Derechos Humanos, se presentó como amicus curiae e insisitó en el mismo sentido.

Ese hecho, sumado a la solicitud que hizo el organismo en referencia al pedido de excarcelación de Martín Báez, completaron ayer la polémica. Conocidos ambos pedidos, trascendió que la propia ministra de Justicia, Marcela Losardo, de quien depende la secretaría, se había enterado del tema a través de los medios. Losardo es una persona de extrema confianza de Fernández de quien fue socia y es amiga personal. 

Tras el encuentro con Fernández, desde la Secretaría emitieron un comunicado en el que intentaron bajarle el tono a lo sucedido y detallaron que habían actuado a pedido de las partes. Pero el escándalo volvió a crecer hoy cuando a través de Noticias Argentinas, se supo que desde el organismo incluso habían llamado en marzo pasado a una jueza, por el caso de Luis D’ Elía. Si ayer circulaba en tribunales la palabra “escándalo” para describir lo sucedido, en las últimas horas el concepto se transformó en “escandaloso”. 

La decisión de Casación. 

En la resolución de hoy,  para denegar el pedido de Jaime, la justicia tuvo en consideración “las conclusiones de los peritajes médicos producidos, que en lo sustancial informan que, más allá del cuadro depresivo que presenta Ricardo Raúl Jaime, se encuentra psicológicamente estable, dado que no posee alteraciones de tipo psicótico ni una pérdida en el juicio de la realidad, y que ante ausencia de indicadores de una enfermedad grave, sus patologías pueden ser tratadas intramuros”. Para lo cual valoraron “las conclusiones de los peritajes clínicos, psicológicos y psiquiátricos realizados por el Cuerpo Médico Forense”.

A través de esto descartaron “de plano que posea una enfermedad que producto de su encierro le impida recuperarse o tratar adecuadamente. Sin perjuicio de ello y dada la recomendación en cuanto a la realización de un tratamiento terapéutico para tratar el cuadro depresivo que atraviesa Jaime, se dispuso su realización intra muros”.

En tanto que sobre la situación puntual de la pandemia de covid-19, sostuvieron que: “lo expuesto revela, entonces, que esa penosa situación eventual, si bien debe ser debidamente contemplada y analizada en cada caso particular, no puede convertirse per se en una excusa directa de alcance general para disponer libertades o medidas alternativas a la prisión por fuera de los márgenes legales, pues en definitiva, tanto dentro como fuera de un penal todos estamos expuestos”.

Tras lo que agregaron que “que la situación de emergencia sanitaria general y su proyección e implicancias dentro de los penales ha sido estudiada, abordada y contemplada por las autoridades pertinentes a través –justamente- del dictado de todas aquellas disposiciones necesarias para garantizar la salud y el bienestar general de la población carcelaria”. Y sostuvieron que, teniéndose en cuenta asimismo, “que los establecimientos penitenciarios, cuentan con hospitales y atención médica permanente, lo que impide aseverar que, incluso, un eventual egreso o acceso a una morigeración mejore las posibilidades de acceder al sistema de salud de parte de los internos; o inclusive, que su situación extramuros sea más eficaz a la hora de prevenir eventuales contagios derivados del contacto social que puede generar”.


 

CD/MC