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Cede el Gobierno en temas importantes, y hay un "principio de acuerdo" para aprobar la Ley Ómnibus: la lista completa de los cambios

Francos y Caputo estuvieron con legisladores radicales, del PRO y del sector de Pichetto. De esos contactos salieron novedades fundamentales: menos tiempo de delegación de facultades a Milei, YPF fuera de las privatizaciones, nada de retenciones a economías regionales, y se intentará que los aumentos a jubilados sigan la inflación. Los detalles.

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Guillermo Francos, Santiago Caputo, Rodrigo de Loredo y Miguel Pichetto. | Collage

Finalmente, parecía este jueves por la noche que "la política" empezaba a encontrar un punto de consenso en este enero de sesiones extraordinarias: el Gobierno habría llegado a un principio de acuerdo con la oposición considerada "dialoguista", aceptando modificaciones de enorme importancia en varios de los puntos más polémicos del proyecto de Ley Ómnibus, y eso abriría la posibilidad concreta de que se apruebe la semana próxima en la Cámara baja.

Entre los cambios que sufrirá el proyecto original, que eran condición imprescindible que habían planteado la UCR, Hacemos Coalición Federal e Innovación Federal para acompañar el dictamen del oficialismo, se encuentra la reducción de 2 a 1 año de las facultades delegadas al Poder Ejecutivo, con una mayor restricción además de las emergencias declaradas, y la implementación de una nueva fórmula de movilidad jubilatoria atada al índice de inflación (o directamente el retiro de ese artículo para discutirlo después en una norma aparte). 

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También se habría acordado que YPF no estará en el listado de empresas públicas declaradas sujetas a privatización, la reducción a cero de los derechos de exportación aplicados a las economías regionales, y el pase a archivo de la reforma electoral por uninominalidad de jurisdicción.

La oposición también le había pedido al Gobierno que acepte acotar la iniciativa a los capítulos vinculados a la emergencia económica, pero en ese aspecto Francos y Caputo no dieron el brazo a torcer y dejaron en pie los cambios en Justicia, Educación, Cultura, Ciencia, Salud e incluso la eliminación de las PASO.

Guillermo Francos
Guillermo Francos, eslabón clave del oficialismo en las negociaciones con la oposición.

La oposición le había pedido al Gobierno que también acepte acotar el abordaje de la iniciativa a los capítulos vinculados a la emergencia económica, pero en ese aspecto la gestión Milei se mantuvo firme y dejó en pie los cambios en Justicia, Educación, Cultura, Ciencia, Salud e incluso la eliminación de las PASO.

Así lo confirmó en diálogo con la prensa acreditada en Diputados el presidente del bloque de la UCR, Rodrigo De Loredo, luego de participar de una reunión en el despacho del presidente de la Cámara Baja, Martín Menem, con el ministro de Interior, Guillermo Francos, y el asesor presidencial Santiago Caputo.

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"Fue una buena reunión. Planteamos nuestras alternativas y nuestras objeciones al proyecto y el gobierno se mostró receptivo a los planteos", manifestó el cordobés radical. Tras esta clara demostración de pragmatismo, algo que en algún momento parecía lejano, el oficialismo encamina la negociación y lograría firmar el dictamen de mayoría con la colaboración de los bloques más cercanos de la oposición, que naturalmente incluyen al PRO.

El debate en el plenario de las comisiones de Legislación General, Presupuesto y Asuntos Constitucionales continuará el lunes o martes, y tras la firma del dictamen se convocará al recinto para sesionar el jueves 25, un día después del paro y movilización del movimiento obrero y los movimientos sociales.

"Nos trajeron un punteo de temas. Ahora estamos esperando que nos acerquen la redacción final del proyecto", señaló De Loredo antes de sumergirse en una reunión de su bloque para plebiscitar la propuesta del Gobierno.

Miguel Ángel Pichetto 20231206
Miguel Ángel Pichetto. Foto: NA

Por su parte, el jefe del bloque Hacemos Coalición Federal, Miguel Pichetto, calificó el encuentro con los funcionarios del Ejecutivo como una "buena reunión" y valoró la "actitud del Gobierno de encontrar puntos de acuerdo".

El rionegrino participó de la reunión junto a sus compañeros del espacio Cambio Federal Emilio Monzó, Nicolás Massot, Ricardo López Murphy, además de Florencio Randazzo (Hacemos por Nuestro País), Juan Manuel López (Coalición Cívica) y Pamela Calletti (Innovación Federal).

Massot se mostró conforme pero avisó que el detalle del proyecto recién llegará a sus manos el domingo o lunes, por lo que la decisión final de acompañar el dictamen oficialista se tomará en esos días.

El PRO también participó de la reunión en el despacho de Menem pero tanto el jefe de bloque, Cristian Ritondo, como María Eugenia Vidal, se retiraron por la puerta trasera sin dar declaraciones oficiales a la prensa acreditada que se había apostado frente a la puerta de la oficina para recabar testimonios.

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Los principales cambios en el proyecto de "ley de Bases"

 

  • Vigencia de la emergencia y delegación de facultades: se limita de cuatro años (dos, prorrogables por otros dos) a dos años (uno, más uno prorrogable por el Poder Ejecutivo.
  • Se elimina la declaración de emergencia en las áreas de Defensa, Social y Sanitaria.
  • Reforma electoral: se deja de lado la propuesta de uninominalidad de circunscripción cuya aplicación gravemente la representación de los partidos más chicos en la Cámara de Diputados. Se mantiene el sistema actual.
  • Reorganización administrativa: se limita el ámbito de aplicación solo al Sector Público incluido en el Art 8 de la ley 24.156. Se elimina a las entidades con participación concurrente minoritaria del ámbito de aplicación.
  • Fondo de Garantía de Sustentabilidad: se establece como requisito que el Poder Ejecutivo Nacional, para poder liquidar dichos activos (luego de ser transferidos), deba contar con un dictamen previo favorable de la Comisión Bicameral de Reforma del Estado y del Seguimiento de las Privatizaciones establecida en la Ley 23.696.
  • Pesca: se mantiene la obligación de desembarcar en Argentina, se aclara que el sistema de licitaciones no va a ser internacional y se mantienen los requisitos actuales con respecto a la tripulación local.
  • Hidrocarburos
    • Se incluye la aclaración “Nacional o Provincial, según corresponda” para evitar cualquier duda sobre competencias de las Provincias en la materia, en todo el articulado.

    • Compatibilización con los principios del art. 3° de la ley 26.741.

    • Eliminación de la mención a “empresas estatales” y la obligación de vender al “export parity”.

    • Condicionamiento del derecho a exportar sujeto a (i) los requisitos habituales vinculados al acceso de los recursos técnicamente probados; y (ii) que la objeción en caso de ocurrir por parte de la Secretaría de Energía esté fundada por motivos técnica o económicamente en la seguridad del suministro.

    • Establecimiento de requisitos para la solicitud de reconversión de convencional a no convencional: conforme plazos que fije el Poder Ejecutivo, y se extiende por 10 años desde el vencimiento del plazo original. Posibilidad de extender por otros 10 años adicionales en función de amortización de inversiones.

    • Límite máximo de hasta 10 años para plazos más extensos que los fijados por la ley. En ningún caso, la concesión puede ser fijada a perpetuidad.

    • Respeto de los plazos establecidos por el marco legal existente a la fecha de aprobación de esta ley en las concesiones de explotación y concesiones de transporte otorgadas con anterioridad.

    • Se mantiene la facultad de las provincias de controlar el plan de inversiones (No se derogan el Art 32 y 33).

    • Establecimiento de un régimen de autorizaciones de transporte de hidrocarburos, con libre acceso.

    • Establecimiento de un régimen de habilitación para el procesamiento de hidrocarburos.

    • Regulación de la actividad de almacenaje de hidrocarburos bajo régimen de autorizaciones.

    • Mantenimiento del Pliego Modelo elaborado en forma conjunta por las Provincias y la Secretaría de Energía de la Nación.

    • Se mejora redacción y precisión del inciso de Fondos Fiduciarios y de afectación específica. Se elimina la delegación con respecto a los servicios periféricos.

    • Se incluye en la delegación del marco normativo del sistema de contrataciones públicas los principios del Decreto 1023, la regla de licitación pública y la referencia a estándares de transparencia.

    • Se elimina YPF del listado de empresas a privatizar. Se incluye el procedimiento de informar a la Comisión Bicameral creada en la Ley 23.696.

    • Se agrega inciso c) con el fin de aumentar el control del Estado ante la posible privatización de Nucleoeléctrica Argentina.

    • Se mantiene como obligatoria la tenencia por parte del Estado de una acción con derecho a veto con respecto al cierre de actividad de Nucleoeléctrica.

    • Se aclara que las unidades de auditoría interna van a ser nombradas y removidas por la SIGEN para evitar relación jerárquica entre controlante y controlado.

    • Se mantienen los requisitos actuales para el Síndico General de la Nación en 8 años (se elimina Art 22).

    • Se mantienen los requisitos actuales para la Oficina Anticorrupción (Se elimina Art 24).

    • Se extiende el alcance de las prohibiciones para la función pública a todos los empleados públicos. Se incluye en las prohibiciones de la función pública la de permitir la colocación o utilización de símbolos partidarios o electorales en edificios, vehículos y muebles públicos.

    • Se aclara que la intervención de la SIGEN y Procuración es en forma previa a los acuerdos transaccionales y no en la reglamentación.

    • Se acota el alcance de las facultades para la renegociación y rescisión de contratos (Art 33).bB

  • Reorganización económica: 
    • Se elimina Capítulo de Ley de sociedades.
    • Se elimina Capítulo de Ley de sociedades.

    • Se agrega la exclusión a convivientes.

    • Limitar en sujetos excluidos a las personas que son funcionarios o fueron hasta hace 5 años.

    • Se incorpora cláusula para que los no residentes no puedan regularizar bienes a nombre de terceros.

    • Bienes personales.

    • Se incluye beneficio a contribuyentes cumplidores (Art 187). Reducción de alícuota por tres años.

  • Derecho de exportación: 

    • Ajuste del canon por precio del barril.

    • Ajuste del canon anual por barriles.

    • Causal de nulidad de cualquier adjudicación de permisos o concesiones al vencimiento de los plazos originales sin mediar una licitación pública y abierta.

  • Biocombustibles: 
    • Se fijó un plazo de 18 años para que las mezclas con combustibles fósiles sean producidas en instalaciones situadas en la República Argentina, utilizando materias primas nacionales.

    • Se fija un régimen de % obligatorios en volumen.

    • Para biodiesel, establecimiento de un cronograma de cortes o mezclas obligatorias de biodiesel, en % en volumen progresivos en aumento hasta el año 2026. A partir del 12,5% y no antes de 3 años de la Ley, se propondrá al Congreso aumentos progresivos de porcentaje de mezcla o corte obligatorio hasta alcanzar el 15%. En la zona patagónica el porcentaje de mezcla o corte será del 10% hasta tanto se solucionen cuestiones técnicas y/o de infraestructura.

    • Para bioetanol, establecimiento del 12% en volumen como porcentaje de mezcla obligatorio. Durante los primeros dos (2) años, se podrá disponer un incremento hasta el 15%. A partir del 15% y no antes de 3 años de la entrada en vigencia, se propondrá al Congreso aumentos progresivos de porcentaje de mezcla o corte obligatorio hasta alcanzar un porcentaje entre el 18 y el 27%.

    • Cuando la mezcla o corte obligatorio supere el 15% para el biodiesel o el 18% para el bioetanol, las empresas que produzcan y/o destilen hidrocarburos estarán autorizadas a participar en las licitaciones previstas en el régimen únicamente en el volumen excedente a los porcentajes de mezcla o corte antes mencionados. En ningún caso, la participación de las empresas que produzcan y/o destilen hidrocarburos podrá ser superior al 15% del volumen excedente.

    • La autoridad de aplicación puede exceptuar los porcentajes señalados únicamente en caso de escasez general y comprobada de materia prima.

    • Régimen único de licitaciones transparentes, de acceso público para la determinación de volúmenes y precios en el abastecimiento de biocombustibles.

    • Para biodiesel, límite de adjudicación máxima del 14% por empresa, de su capacidad instalada registrada, y respeto de la relación entre la producción real propia y a façón, y la capacidad instalada del conjunto de empresas que producen materia prima (empresas integradas), sea igual a la del conjunto de las restantes empresas elaboradoras.

    • Para bioetanol, límite de adjudicación de su capacidad instalada registrada. Hasta el 31 de diciembre de 2030, para el bioetanol a base de caña de azúcar se respetará el volumen anual promedio del período 2021 - 2023. Efecto: se asegura un volumen de bioetanol de caña hasta 2030 en base a lo entregado en los últimos años; pueden tener más volumen si por precio les corresponde en la licitación.

    • Para bioetanol y biodiesel, en el caso de que los precios adjudicados superen los precios internacionales de importación, los vendedores de biocombustibles deberán vender al precio de importación vigente en cada momento.

    • No se deroga la exención de los biocombustibles del impuesto a los combustibles líquidos y al impuesto al carbono.

  • Energía eléctrica:

    • Aclaración en las bases de delegación del mantenimiento en la cuestión tarifaria de los principios tarifarios de las leyes 24.065 y 24.076.
  • ​Fondos fiduciarios:

    • Aclaración que los beneficios previstos en el art. 75 de la ley 25.565 y la ley 27.637 (Zona Fría) estarán comprendidos en la reasignación de subsidios a realizar conforme el DNU 70/23.
  • Transición energética:

    • Inclusión de las provincias en las mesas técnicas de trabajo para el diseño del modo de asignación de derechos de emisión y la implementación del modo para establecer los límites de derechos de emisión anuales.
  • Legislación ambiental uniforme:

    • Reconocimiento expreso del acuerdo de las provincias para la legislación ambiental armonizada.
  • Seguridad interior y Defensa:

    • Se elimina el artículo 31 que hacía referencia a la manifestación de 3 personas. Se incluye pena en el Código Penal para bloqueos a comercio o industrias.

  • Justicia: 
    • ​Se excluye del criterio de reproducción pública a la reproducción de música y videos en hoteles.

  • Interior, ambiente, turismo y deporte:

    • Se elimina la propuesta de cambio en la composición de la Cámara de Diputados.

    • Se elimina el artículo 497 que modifica la Ley de Quema.

    • Se establece un plazo de 90 días para la autorización de quema.

    • Se elimina la modificación del articulo 26 de la Ley de Bosques.

    • Se agrega un artículo para garantizar los Fondos a la Ley de Bosques en 2024.

    • Se modifica el artículo 6 de la Ley de Glaciares para dar más claridad a la reforma.

  • Capital Humano:

    • ​Se aclara que la participación de egresados de carreras técnicas y de grado como docente será solo para secundario y nivel superior. A su vez, se incluye la necesidad de acreditar o iniciar una formación pedagógica.

    • Se adapta el artículo 554 en base a sugerencias de la oposición.

    • Se elimina el concepto de revalidación de capacidades.

    • Se incluye la obligación de implementar la cédula escolar del SINIDE.

    • Se aclara que los estudios a distancia son solo para el ciclo orientado de la secundaria. A su vez, los estudios híbridos se limitan a las materias extraprogramáticas o situaciones excepcionales que impidan el desarrollo curricular normal

    • Se eliminan las entidades gremiales del acuerdo de los aspectos laborales como els salario mínimo

    • Se establece que la primera autoevaluación deberá ser a los 6 años (Universidades)

    • Se mejoran los criterios para el financiamiento de Universidades en base a comentarios y sugerencias de la oposición.

    • Ley Micaela: se amplía el alcance de la Ley con respecto al articulo enviado al Congreso.

    • Se establece una garantía para que los recursos del INCAA, INAMU y CONABIP se mantengan. Los recursos no podrán destinarse en más de un 20% a gastos generales y de funcionamiento interno.

    • Se trasladan todas las funciones del Instituto del Teatro a la Secretaría de Cultura.

    • Se mantiene el Fondo Nacional de las Artes. Se le pone un tope en gastos generales y funcionamiento interno.

    • Se eliminan los cambios del CONABIP salvo lo relacionado con el financiamiento.

    • Se elimina la derogación del Título VI y V de la Ley 23.351

    • Se derogan el inciso 2 del Artículo 12 y los artículos 19, 20, 7 y 100 de la ley 26.522.

  • Salud pública:
    • Se elimina el capítulo.

  • Defensa de la competencia:

    • Se modifican las sanciones en base a la Ley vigente.

    • Se pone la barrera umbral para fusiones en 100 millones de Unidades de medida.

    • Se elimina la posibilidad de revisar operaciones ya concretadas y que están por debajo del umbral.

    • Se transforma el Tribunal de especialistas en una Comisión ad honorem.

 

NA/HB