El procurador del Tesoro de la Nación, Osvaldo Guglielmino, anunció hoy que un tribunal del CIADI rechazó un reclamo por 70 millones de dólares planteado por Continental Casualty Company, una de las compañías de seguros más grandes de los Estados Unidos.
Para el funcionario, la decisión significa que el organismo reconoció "la validez de las medidas de emergencia económicas" adoptada por el gobierno argentino en los años 2001 y 2002.
El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) ya había rechazado el 7 de junio último una demanda de 18 millones de dólares contra el Estado argentino, promovida por dos empresas chilenas.
Guglielmino informó hoy que el CIADI no hizo lugar a ninguna de las acusaciones realizadas por Continental, que es dueña en la Argentina de la empresa CNA Aseguradora de Riesgos de Trabajo SA, incluyendo las referidas a que la Argentina había expropiado, discriminado o tratado de manera injusta las inversiones de la empresa.
El tribunal da la CIADI consideró que el tratamiento recibido por Continental "había sido apropiado en las circunstancias respecto de sus inversiones en depósitos y bonos del Estado", pero hizo una excepción respecto de las LETES, porque estas últimas fueron alcanzadas tanto por la pesificación, como por la reestructuración de la deuda.
Continental alegó ante la CIADI que la pesificación de sus activos (medidas conocidas como "corralito" y "corralón"), la suspensión de los pagos de la deuda pública y la prohibición de realizar transferencias internacionales, " violaron varias disposiciones" del Tratado de protección de inversiones entre la Argentina y los Estados Unidos.
El tribunal estuvo integrado por su presidente, el italiano Giorgio Sacerdoti, el inglés Van Vechten Veeder (inglés), y el mexicano Michell Nader.
Guglielmino precisó que la CIADI consideró que las medidas adoptadas por la Argentina "habían sido necesarias a la luz de la seriedad de la crisis económica, que reconoció como una de las más graves de la historia a nivel internacional". El funcionario juzgó que esas disposiciones "no se encontraban prohibidas por el tratado", que por el contrario expresamente " autoriza medidas como las adoptadas para asegurar el orden público y otros intereses esenciales del país".
El procurador dijo que para el Tribunal CIADI, la Argentina "no tuvo ninguna alternativa para salir de la crisis más que las medidas que tomó" y sostuvo que "no se podía culpar al país por la crisis, pues había realizado grandes esfuerzos para evitar su estallido" y además "había sido afectado por una serie de shocks externos que lo condujeron a una situación terminal".
Fuente: DyN