El procurador del Tesoro de la Nación, Osvaldo Guglielmino, anunció hoy que
un tribunal del CIADI rechazó un reclamo por 70 millones de dólares planteado por
Continental Casualty Company, una de las compañías de seguros más grandes de los
Estados Unidos.
Para el funcionario, la decisión significa que el organismo reconoció
"la validez de las medidas de emergencia económicas" adoptada por el gobierno
argentino en los años 2001 y 2002.
El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) ya había
rechazado el 7 de junio último una demanda de 18 millones de dólares contra el Estado argentino,
promovida por
dos empresas chilenas.
Guglielmino informó hoy que el CIADI no hizo lugar a
ninguna de las acusaciones realizadas por Continental, que es dueña en la
Argentina de la empresa CNA Aseguradora de Riesgos de Trabajo SA, incluyendo las referidas a que la
Argentina había expropiado, discriminado o tratado de manera injusta las inversiones de la empresa.
El tribunal da la CIADI consideró que el tratamiento recibido por Continental "había sido
apropiado en las circunstancias respecto de sus inversiones en depósitos y bonos del Estado", pero
hizo una excepción respecto de las LETES, porque estas últimas fueron alcanzadas tanto por la
pesificación, como por la reestructuración de la deuda.
Continental alegó ante la CIADI que la pesificación de sus activos (medidas conocidas como
"corralito" y "corralón"), la suspensión de los pagos de la deuda pública y la prohibición de
realizar transferencias internacionales, "
violaron varias disposiciones" del Tratado de protección de inversiones entre la
Argentina y los Estados Unidos.
El tribunal estuvo integrado por su presidente, el italiano Giorgio Sacerdoti, el inglés Van
Vechten Veeder (inglés), y el mexicano Michell Nader.
Guglielmino precisó que la CIADI consideró que las medidas adoptadas por la Argentina "habían
sido
necesarias a la luz de la seriedad de la crisis económica, que reconoció como una
de las más graves de la historia a nivel internacional". El funcionario juzgó que esas
disposiciones "no se encontraban prohibidas por el tratado", que por el contrario expresamente "
autoriza medidas como las adoptadas para asegurar el orden público y otros intereses
esenciales del país".
El procurador dijo que para el Tribunal CIADI, la Argentina "no tuvo
ninguna alternativa para salir de la crisis más que las medidas que tomó" y
sostuvo que "no se podía culpar al país por la crisis, pues había realizado
grandes esfuerzos para evitar su estallido" y además "había sido afectado por una
serie de shocks externos que lo condujeron a una situación terminal".
Fuente: DyN
Rechazan millonario reclamo contra la Argentina
El tribunal consideró que el tratamiento rebibido por la demandante (una empresa de seguros) fue apropiado por la crisis económica de 2001.