OPINIóN

Reelecciones indefinidas: el paso que dio la Corte Suprema

A partir del caso sanjuanino, la Corte fijó un nuevo estándar y recordó las sabias palabras de Juan Bautista Alberdi: “la reelección desnaturaliza al gobierno republicano”. “La falta de alternancia afecta significativamente la separación de poderes”, dijo.

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En noviembre de 2021 publiqué un artículo en el que aventuraba que nuestro máximo tribunal comenzaría a revisar y resignificar sus opiniones históricas sobre el tema de las relecciones indefinidas de los gobernadores e intendentes a partir de lo resuelto en la Opinión Consultiva 28/2021 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. 

Hoy ello ya es un hecho y corresponde celebrarlo en el plano provincial aunque soy consciente de que todavía la Corte no mencionó ninguna palabra sobre la aplicación analógica de los nuevos principios a los intendentes. 

La interpelación del Preámbulo a la clase política

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Básicamente, con el fallo “Evolución Liberal y otro c/ San Juan, Provincia de s/ amparo” del 1 de junio de 2023, lo que hizo la Corte Suprema fue recalibrar lo que sostuvo en “Ríos, Antonio J.” (del 22/04/1987), “Bruno, Raúl O.” (del 12/04/1988), “Partido Justicialista de la Provincia de Santa Fe c. Provincia de Santa Fe” (del 6/10/1994), “Unión Cívica Radical de la Provincia de Santiago del Estero c. Provincia de Santiago del Estero s/ acción declarativa de certeza” (del 22/10/2013), “Unión Cívica Radical de la Provincia de Santa Cruz y otros c. Estado de la Provincia de Santa Cruz s/ amparo” (del 11/12/2018), “Unión Cívica Radical de la Provincia de La Rioja y otro c. Provincia de La Rioja s/ amparo” (del 22/03/2019) y “Frente para la Victoria - Distrito Río Negro y otros c. Provincia de Río Negro s/ amparo” (del 22/03/2019).

Elecciones de medio término

En pocas palabras, la Corte decidió dejar atrás aquello de que:

  • las provincias tienen prácticamente total autonomía en materia electoral para definir y establecer sus propios sistemas de elección de autoridades; 
  • que dentro del molde jurídico republicano y representativo cabe la más grande variedad de alternativas 
  • que las “reelecciones indefinidas” resultan una opción válida -aunque no la más deseable- bajo los principios de nuestra Constitución. 

El análisis de la Constitución Provincial de San Juan, que prohíbe “en lo formal” las reelecciones de gobernadores y vicegobernadores pero permite “en los hechos” a las más altas autoridades perpetuarse en esos cargos en la medida en que lo hagan de forma alternada, ha posibilitado que la Corte fije un nuevo estándar en materia de reelecciones que trasciende el caso de San Juan y se proyecta, de forma directa, sobre las reelecciones indefinidas permitidas por las Constituciones de Formosa, Catamarca y Santa Cruz y, de forma analógica, en el caso de los intendentes.   

Rosatti y Maqueda (ratificando y resignificando al fallo “Rio Negro”) enfatizaron que “...la vigencia del sistema republicano consagrado en los artículos 1º y 5º de la Constitución Nacional presupone de manera primordial la periodicidad y renovación de las autoridades...”. 

 

2023: ¿el final de las reelecciones indefinidas?

Por su parte, Carlos Rosenkrantz fue más categórico al sostener que “...no es posible otorgar carácter absoluto a la potestad provincial de organizar libremente sus instituciones y permitir la elección de cualquier candidato de preferencia de sus ciudadanos con independencia del número de veces que hubiese desempeñado determinado cargo con anterioridad...” y “... la falta de alternancia afecta significativamente la separación de poderes y la existencia de un sistema abierto en el que los ciudadanos puedan competir por el acceso a los cargos públicos en condiciones generales de igualdad...”. 

Rosenkrantz también recordó a Alberdi cuando decía que “...la reelección desnaturaliza al gobierno republicano (...) y admitir la reelección indefinida es cambiar la forma de gobierno...” y sentenció que “...no existe duda de que habilitar que una persona se desempeñe durante dieciséis años ininterrumpidos en los más altos cargos provinciales impone un costo intolerablemente alto a los valores que encarna el sistema republicano...”.

Queda un largo camino por recorrer pero la Corte ya ha dado un primer gran paso hacia adelante en la calidad de nuestras instituciones. Dicho paso ha sido tan importante que recuerda al paso al costado que dieron Cincinato y Washington en su momento a pesar del clamor popular que recibieron para permanecer en sus cargos.