POLICIA
VCTIMA DEL SANGRIENTO MOTN

Indemnizan a madre de preso asesinado en Sierra Chica

La Justicia ordenó que se pague 55 mil pesos en efectivo a una mujer de 87 años. A su hijo lo mataron en abril de 1996, cuando un grupo de internos se amotinó y hasta llegó a comerse a otros presos del penal.

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La Suprema Corte de Justicia bonaerense ordenó que se pague en efectivo la indemnización que le corresponde a una anciana cuyo hijo fue asesinado durante un motín en el penal de Sierra Chica. De esta manera, la mujer de 87 años deberá cobrar unos 55 mil pesos por los hechos ocurridos en abril de 1996, cuando un grupo de internos se rebeló, mató y hasta llegó a comerse a otros presos.

La Corte bonaerense ordenó que se pague en efectivo la indemnización a la madre de un preso desaparecido durante el sangriento motín de Semana Santa de 1996, protagonizado por los denominados Doce Apóstoles.

En aquella oportunidad, un grupo de internos ajustició, descuartizó y hasta comió a varios presos con los que mantenían una antigua rivalidad en el penal.

Aunque la Provincia quería pagar la suma en bonos, el juez Daniel Soria afirmó en el fallo que ante la avanzada edad de la mujer, "corresponde dejar de lado el régimen general de consolidación, ya que su aplicación provoca un daño adicional irreparable".

En la sentencia de primera instancia se había reconocido a la mujer el derecho de percibir una indemnización de 55 mil pesos, pero en los términos del régimen de consolidación de deudas provincial que establecía el pago en bonos.

" No resultaba lógico sustituir el pago en pesos, aplicando un régimen especial de bonos cuyo valor debe ser reembolsado en un tiempo inalcanzable: según lo indican las máximas de la experiencia universal, el lapso de vida pendiente no posibilitaría lograr el cobro del monto indemnizatorio", subrayó Soria.

La mujer apeló ante la Cámara en lo Civil de La Plata, que mantuvo el monto indemnizatorio pero resolvió que éste se pague en efectivo, lo que motivó que la Provincia recurriera a la Corte bonaerense pidiendo que se aplicara la ley de Consolidación de deudas.

La Provincia consideraba "insuficiente" la sola razón de la edad de la mujer para que la Cámara justificara su decisión, pero finalmente la Corte ordenó el pago de la indemnización en efectivo.


Fuente: Télam

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