“Encontraron el submarino desaparecido”. Y hasta la Red Globo de Brasil lo repitió. Era falso. En medio de la dura búsqueda del submarino desaparecido, la supuesta primicia de su hallazgo “confirmada” por el International Submarine Escape and Rescue Liaison Office causó revuelo y esperanza. #Fakenews. Horas después, MDZ online pidió disculpas por equivocarse al publicar sin chequear. Otros medios no lo hicieron nunca. Más ejemplos: “Una perita de la CIDH dictaminó que Santiago Maldonado murió por ahogamiento intencional”. #Fakenews. “Nelson Castro, durísimo contra Macri, se va de TN”. Falso. Sin embargo, logró más de 35 mil interacciones en Facebook, según dio a conocer Chequeado.com. “Docentes casi matan a una persona que fue a dar clases en día de paro”. Falso.
Defensa. #Fakenews: circulación deliberada de mentiras, respondiendo a un interés no declarado. ¿Podemos los ciudadanos comunes y de a pie defendernos ante este tipo de operaciones? ¿Debe el Estado controlar la circulación de contenidos en las redes? Para el relator especial para la libertad de expresión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) Edison Lanza, la respuesta es clara: “No podemos rebajar un estándar de protección de la libertad de expresión para combatir un fenómeno. Necesitamos proteger las discusiones y la libertad de expresión en el ámbito del discurso político, del control social, de los temas de interés público o los temas de derechos humanos. Gobiernos y ciudadanos deberemos seguir lidiando con las falsedades, en tanto medios y periodistas deberán chequear más a fondo antes de publicar”, sostiene.
Pero atenti: desde el otro lado del espejo, la bandera de las “noticias falsas” puede ser esgrimida también por interés propio de determinados gobiernos ante denuncias certeras de la prensa. “Deberíamos tener un concurso para determinar cuál de las grandes cadenas es más deshonesta, corrupta y/o distorsionada en su cobertura política de vuestro presidente favorito (yo)”, escribió Donald Trump en su Twitter días atrás. “El ganador recibirá el trofeo de noticias falsas”, se mofó. Sin concurso de por medio, desde hace más de una década, el Sur también existe para esta clase de estrategias de negación.
Democracia. “Penalizar la discusión de noticias falsas sería eliminar 200 años de democracia”, afirma el relator, que es además abogado y periodista.
Las #fakenews trabajan de la mano de la posverdad, un fenómeno que copó procesos sociales como la discusión del Brexit o la última campaña presidencial estadounidense, y que relega la verdad a segundo o tercer plano: lo que realmente importa son las sensaciones, es la opinión por sobre la evidencia. Una “corrupción de la integridad intelectual”, según lo definió ante la BBC el filósofo y humanista británico A.C. Grayling.
La difusión de noticias falsas con intencionalidad política siempre existió. “Sin embargo, ahora, hay dos novedades: las redes sociales han vuelto masivo este fenómeno. Y se crean medios falsos para difundir información falsa –dice Lanza–. Combinado ello con las nuevas tecnologías, el perfilamiento a la población y el bombardeo informativo, tenemos un fenómeno importante y complicado”.
¿Cómo impedir sin censurar? Como relator, Lanza atiende cuestiones relacionadas con la libertad de expresión, violencia e impunidad, protesta social, medidas cautelares en defensa de personas o medios, acceso a la información, desafíos hemisféricos en la materia, concentración de medios, censura y ejercicio de los derechos humanos relacionados. “En un sistema de libertades, no se puede exigir un acondicionamiento previo de veracidad para emitir una información o una opinión”, sostiene.
La solución tampoco pasa por encomendar a las redes sociales o a las plataformas la obligación de eliminar lo que ellas consideran noticias falsas. Sería censura previa, “y daríamos a las plataformas el rol de decidir qué podemos leer o elegir y qué no, lo cual, me parece, es todavía un peligro mayor frente a grandes corporaciones que tienen un grado de concentración importante en la circulación de información”, afirma.
Los intentos de control judicial no han sido buenos, “ya que pueden derivar en mecanismos de censura y tener un efecto inhibitorio similar al de las figuras penales de desacato”, alerta. “Los medios deben tener políticas para chequear y brindar información rigurosa, avisar, permitir que los ciudadanos también alerten sobre la existencia de notas falsas”.
“Internet es una tecnología disruptiva que ha potenciado la libertad de expresión. Es de importancia fundamental que los jueces y operadores judiciales tengan esto en cuenta cuando toman cualquier decisión sobre la red”, sostiene.
Desproporción. Como contraejemplo, expone lo ocurrido recientemente en Paraguay y Brasil, donde proyectos legislativos pretendieron habilitar que los funcionarios pudieran exigir a las plataformas que bajaran informaciones ofensivas o falsas. “Siempre tiene que haber un test de necesidad y proporcionalidad sobre cualquier restricción a la libertad de expresión, y respetarse el principio de neutralidad ante la red”, afirma el relator.
Lo mismo, con los intentos de bajar aplicaciones. Cita el caso de Uber en Argentina y el fallo judicial que ordenó bloquear la aplicación en todo el país. “A mi juicio, es desproporcionado que un juez municipal quiera censurar una aplicación, como en el caso de Uber. ¿Por qué? Porque si hay un problema que tiene que ver con el mercado del transporte, será una cuestión de política de transporte, pero no es un problema de internet. ¿Cuál es el sentido de bajar una aplicación de transporte si no es ilegal el contenido que transmite? Lo mismo sucede con las aplicaciones de pizza, por ejemplo. O Netflix y todas las aplicaciones que ofrecen un contenido o servicio. Si ese servicio no es pornografía infantil o no contiene apología del odio o de la guerra, ordenar bajarlo sería una solución desproporcionada. Si hoy bajamos una aplicación –argumenta–, mañana podemos bajar otras. Y rompemos el principio de no censura y de proporcionalidad”.
Cláusula de conciencia. Este principio de proporcionalidad se aplica también a posibles cláusulas de conciencia. Esa misma libertad de expresión defendida a ultranza tiene que marcar el ejercicio de un periodismo con libertad de conciencia. “Necesitamos una cláusula por la cual ningún medio pueda obligar al periodista a sostener algo, y este pueda resistir intentos de censura o manipulación de su información por parte de editores, o su derecho a no firmar una nota. También, mecanismos de indemnización principal, que reconozcan por ejemplo que el periodista fue despedido por resistirse, en un intento de censurarlo en un tema de interés público”.
La cuestión es compleja, ya que “también es cierto que los medios tienen independencia editorial y hay un derecho a la libertad de expresión de la prensa, de los medios de comunicación”. Por lo tanto, en cualquier medio de comunicación hay una selección interna de información que deciden los editores y directores, y eso no conlleva un acto de censura, sino que puede ser parte de su independencia editorial. “La cláusula de conciencia no puede obligar al medio a publicar o no publicar informaciones. La tolerancia y la discusión en un ambiente adecuado son el camino para la democracia y para la expresión”.
*Periodista. Profesora de las carreras de Derecho y de Comunicación de la Universidad Austral.