MODO FONTEVECCHIA
DEBATE ECONÓMICO

Sebastián Domínguez, sobre el anticipo del 15% de Ganancias: "Se transforma esta exigencia en un préstamo al Estado"

Lo advierten los tributaristas. El Gobierno cobrará el 15% de anticipo a 100 bancos y aseguradoras. Abarcará a las empresas con un resultado de $ 600 millones o superior. Se proyecta recaudar $180.000 millones.

Sebastián Domínguez, sobre el anticipo del 15% de Ganancias: “Se transforma esta exigencia en un préstamo al Estado”
Sebastián Domínguez, sobre el anticipo del 15% de Ganancias: “Se transforma esta exigencia en un préstamo al Estado” | Telam

Finalmente el Gobierno avanzó en una de las medidas que generó gran expectativa y disconformidad en un amplio sector. De hecho, oficializó el cobro de un anticipo del impuesto a las Ganancias, que abarcará a un considerable grupo de bancos, fintech y compañías de seguros. Esta medida busca lograra la recaudación necesaria para financiar el costo fiscal que representará tener que asumir el pago del bono de $94.000 que recibirán los empleados informales en dos cuotas de $ 47.000 en los meses de octubre y noviembre.

La medida fue oficializada mediante la publicación de la norma en el Boletín Oficial. El universo comprendido para la aplicación directa de la medida está integrado por un grupo de cerca de 100 entidades financieras y aseguradoras que deberán pagar un adelanto del 15% del tributo. A su vez, el anticipo se enfocará en las compañías que hayan registrado un resultado impositivo de $600 millones o superior en el informe de sus balances, “sin aplicar la deducción de los quebrantos impositivos de ejercicios anteriores”.

Ganancias: qué cambia en el impuesto con la nueva ley

Esto no les gusta a los autoritarios
El ejercicio del periodismo profesional y crítico es un pilar fundamental de la democracia. Por eso molesta a quienes creen ser los dueños de la verdad.
Hoy más que nunca Suscribite

En efecto, la AFIP estableció un pago anticipado y a cuenta que deberán hacer aquellas empresas que tengan declarada como actividad principal la “intermediación financiera y servicios de seguro” o bien, aquellas que registradas como “Proveedores de Servicios de Pago” (PSP) ante el Banco Central.

Financiamiento para la informalidad

El Estado espera recaudar cerca de $180.000 millones. A su vez destacó el ente recaudador que “las obligaciones del Estado Nacional en materia económica exigen la adopción de herramientas que coadyuven a la redistribución progresiva de los ingresos, en aras de reducir las desigualdades y proteger a personas y grupos que presentan mayores condiciones de vulnerabilidad”.

“En esa coyuntura, con el objeto de sostener el impulso redistributivo de la política fiscal y frente a la manifestación de elevada capacidad contributiva de ciertos sectores económicos, razones de administración tributaria y equidad tornan oportuno establecer un pago a cuenta”, apuntó el ente tributario.

Tras un extenso debate, el Senado aprobó las reformas de Ganancias y la Ley de Alquileres

Parámetros para el cálculo y pago

Para determinar el importe informaron que “el monto del pago a cuenta se determinará aplicando la alícuota del 15% sobre el Resultado Impositivo, sin aplicar la deducción de los quebrantos impositivos de ejercicios anteriores conforme la ley del tributo, del período fiscal inmediato anterior a aquel al que corresponderá imputar el pago a cuenta”.

Por otra parte, la resolución de AFIP establece que el pago del 15% anticipado deberá hacerse en tres pagos iguales. Las fechas límite dependerán del período de cierre del ejercicio para cada compañía que se haya incluido.

El costo fiscal del paquete de medidas 

La batería de medidas económicas anunciadas por Massa tiene en la contracara un alto costo fiscal. Las consultoras privadas ya estiman un costo fiscal que asciende a $ 2,4 billones. Ello sin tener en cuenta el bono de $94.000 para trabajadores sin registro, que tendrá un alcance por arriba de las 2 millones de personas destinatarias. Por lo tanto con las proyecciones hasta el momento, será necesario generar vías alternativas de financiamiento, como podría ser la emisión de deuda en pesos que tuvo en septiembre.

Ganancias: de cuánto será el nuevo piso y quiénes dejarán de pagar en octubre 

Resolución y sus restricciones

El tributarista, Sebastián Domínguez señala algunos aspectos a tener en cuenta: “La AFIP tiene facultades para crear regímenes de anticipos con pagos a cuenta, pero debe ejercerse dentro de parámetros para no afectar derechos y garantías constitucionales. Ya existe un régimen de anticipos, esto es un anticipo extraordinario, denominado ‘pago a cuenta’ y debe tener relación con la capacidad contributiva que se va generando en el ejercicio por parte del contribuyente”. 

Para determinar su constitucionalidad o no es necesario analizar “el impacto que tiene en cada contribuyente”, destacó el especialista.

La resolución tiene ciertas restricciones que podrían definir su inconstitucionalidad: “Existe obligación de pagar el anticipo con dinero con la prohibición de poder utilizar saldos a favor que tenga la empresa en otros impuestos, o incluso en el mismo impuesto a las ganancias”. Remarcó Domínguez. También agregó que “alguien puede tener saldo a favor en la declaración jurada del periodo anterior, con ese saldo fue cancelando los anticipos normales, pero ahora deberá pagar el anticipo extraordinario”.

La mesa chica de la CGT planea un acto en respaldo a la quita del Impuesto a las ganancias

“Alguien que incluso podría tener saldo a favor en el mismo impuesto a las ganancias y no puede usar ese saldo. En tal caso se le está afectando en sus derechos porque se le impide usar ese saldo del cual es acreedor frente a la AFIP. El ente le exige un anticipo, pero él tiene un crédito con la AFIP, debería poder compensarlo, no lo dejan”, apuntó.

Un préstamo al Estado, afectación derecho a la propiedad

Otro caso más importante aún es de un contribuyente que no tiene la posibilidad de decidir ‘no voy a ingresar este anticipo porque en este periodo fiscal me dará pérdida, me va a dar impuestos pero ya tengo anticipos ingresados, retenciones y percepciones por lo cual si ingreso esto me a dar saldo a favor’.

En ese caso debería poder la reducción a cero del anticipo extraordinario del 15%, pero no puede hacerlo. Si lo paga, le genera saldo a favor y tiene que pagar el nuevo anticipo, tampoco tiene permitido recalcular los anticipos del régimen general. Por lo cual en esos casos se transforma esta exigencia en un préstamo al Estado”.

Por Ganancias la Provincia perdería $50 mil millones sólo este año

El Estado con su poder de coerción exige que se le termine prestando un dinero a tasa cero, sin reconocimiento de ningún interés. Un dinero que se ira devaluando hasta el momento que presente la declaración jurada y pueda exteriorizar ese saldo. Ahí se afecta el derecho de propiedad de los contribuyentes”, advierte Domínguez.

Afectación del principio de legalidad

El experto señala que además “por una resolución de AFIP se está exigiendo una suerte de impuesto porque incluso si alguien tiene que ingresar $ 100 millones, que hoy equivalen a $50 millones del año que viene de aquí a 8 meses. Como equivale a mucho menos, la diferencia se puede considerar que es un impuesto creado por una resolución. Y la obligación de dar coercitivamente este préstamo también es violatorio por ser creación de una resolución y no una ley”, concluyó.

BL  JL