POLITICA
LA PLATA

Caso "Chocolate" Rigau: el fiscal general apeló el fallo que lo dejó libre y busca reanudar la investigación

Héctor Vogliolo se presentó ante la Casación y ahora se sorteará una sala que deberá definir el camino de la investigación. Los camaristas Alejandro Villordo y Juan Benavides habían anulado todo lo actuado y la detención de Rigau.

Julio Chocolate Rigau 20230921
Julio Chocolate Rigau. | Twitter @martinezmerce18

El fiscal general de La Plata, Héctor Vogliolo, apeló este viernes ante la Cámara de Casación el fallo que dejó libre al puntero del PJ Julio "Chocolate" Rigau y que puso en stand by la investigación que se abrió tras su detención con 48 tarjetas de débito de empleados de la Legislatura Bonaerense y 1,2 millones de pesos en un cajero del Banco Provincia en pleno centro de la capital provincial.

Concretamente, el funcionario del Ministerio Público se pronunció en contra del fallo de la Cámara de Apelaciones de La Plata, que con votos de los camaristas Alejandro Villordo y Juan Benavides invalidó la actuación de los efectivos de la Policía Bonaerense que encontraron in fraganti al puntero del PJ. Eso puso en jaque la investigación que llevaba a cabo la fiscal Betina Lacki. ​

Paralelamente, los dos camaristas que votaron por la nulidad fueron denunciados penalmente. Un área disciplinario de la Suprema Corte Bonaerense analiza el accionar de los magistrados.

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La presentación fue contraria a ese fallo firmado por los camaristas, que habían hecho lugar a un hábeas corpus presentado por los abogados de Rigau. "No existía hecho objetivo que habilitara la requisa de su intimidad, la que no fue autorizada por Rigau. (...) El obrar abusivo se configuró con el proceder del personal policial al violentar -sin orden del juez ni acreditación de sospecha razonable", plantearon los abogados Alfredo Julio María Gascón, Miguel Ángel Molina y Alfredo M. Gascón, en representación de "Chocolate".

Con la apelación de Vogliolo, ahora resta saber qué sala de la Cámara de Casación saldrá sorteada para intervenir en el caso y definir si se reabre la investigación que llevaban adelante Lacki junto con el juez de Garantías Federico Atencio.

Asimismo, un fiscal de instrucción de La Plata lleva adelante otro tramo de la investigación por el uso de fondos públicos por parte de la Legislatura Bonaerense tal cual lo acusaron dirigentes de Juntos por el Cambio en la presentación hecha ante la Justicia.

Qué decía el fallo cuestionado

En el fallo cuestionado, el camarista Benavides había expresado que "no puedo acompañar el voto de mi colega que me precede en orden de votación". Por el contrario, a su criterio "el hábeas corpus debe ser acogido favorablemente y en consecuencia declararse la nulidad del acta de procedimiento inicial, los actos subsecuentes y disponerse la inmediata libertad del encausado".

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"Entiendo que la actuación del personal policial que requiso sin orden judicial a Julio Rigau no puede ser convalidada, al no quedar comprendida la misma en lo normado por el art. 294 inc. 5 del CPP en tanto su labor no condice con los supuestos allí establecidos específicamente ni menos aún pueden ampararse en un estado de sospecha razonada o causa probable", añadió en su voto. 

El juez dijo que la circunstancia de realizar operaciones en un cajero automático por 20 minutos "no habilita la requisa sin orden judicial que se le efectuara a Julio Rigau". El magistrado relató que "al ser aprehendido, los efectivos ni siquiera sabían porque estaban aprehendiendo al encausado en tanto se lo imputo del delito de Hurto lo cual refleja una actitud de los efectivos policiales".

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A su turno, Villordo, el tercer magistrado en votar, se plegó a la postura anterior y votó por hacer lugar al hábeas corpus. Hubo una disidencia: fue el camarista Fernando Mateos, que abrió la votación con una disidencia al resultado del fallo. Según él, el hábeas corpus no debía prosperar dado que entendió que "no se observa aquí y ahora que el desenvolvimiento del personal policial interviniente no se haya ajustado al marco de legalidad".

AS / JD / Gi