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figura del defensor

Protección integral de niños, niñas y adolescentes

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La Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, sancionada en Argentina en 2005, generó un cambio de paradigma profundo que impactó positivamente en el desarrollo de políticas, la creación de instituciones y en la generación de otros marcos normativos. 

La Ley contempla la creación de la figura del Defensor de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, designada por una Comisión Bicameral (conformada por cinco diputados y cinco senadores) a través de un concurso público de antecedentes y oposición.

Sin embargo, a 12 años de la sanción de la Ley, la figura del Defensor no ha sido designada. El 14 de marzo de 2017 el Congreso de la Nación dio un primer paso fundamental, al firmar la resolución que establece la conformación de la Comisión Bicameral. Ahora, es necesario avanzar de manera urgente en su designación. Por eso, desde la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Nación, la Red Nacional de Niñez de la Asociación de Defensorías del Pueblo de la República Argentina y Unicef, convocamos a senadores, diputados, ONGs, funcionarios, para avanzar en los consensos necesarios para su nombramiento.

El Defensor debe constituir un espacio de control de las políticas públicas destinadas a la niñez y a la adolescencia a nivel nacional. También debe ser un ámbito de representación, en caso de vulneración de sus derechos. Además, a nivel nacional, tiene un rol clave en la promoción e incidencia en políticas públicas con el objetivo de garantizar el establecimiento de un piso de garantías de derechos en todo el país.

La figura del Defensor ha mostrado una paradoja. Usualmente las leyes se implementan a nivel nacional y luego en las diferentes jurisdicciones provinciales. Sin embargo con la figura del Defensor ha ocurrido lo contrario: varias provincias han avanzado más que el nivel nacional y han implementado Defensorías provinciales exitosas, como Santa Fe, Córdoba, La Pampa, entre otras. Sus experiencias son importantes para extraer lecciones que contribuyan a la implementación de esta figura.

La ausencia del Defensor repercute de manera negativa en la eficacia de las políticas públicas en materia de infancia. Es necesario que exista un ámbito nacional que establezca lineamientos, que monitoree y promueva derechos, que escuche a los niños y adolescentes, que recepcione denuncias, genere acuerdos y recomendaciones, que tenga un espíritu colaborativo y de control con posibilidad de articulación con los ministerios nacionales.

Este punto es fundamental. A modo de ejemplo, en Argentina, más allá de los impactos positivos de la Asignación Universal por Hijo y de los esfuerzos que está haciendo el gobierno nacional para ampliar su cobertura, todavía existen más de 1,5 millones de niños teóricamente elegibles para recibirla que por diversos motivos no la están cobrando. Al ser una competencia nacional que depende de un organismo nacional, es poco lo que puede realizar una Defensoría provincial; se necesitan en éste y en otros tantos casos instancias de diálogo y articulación superiores.

Además, es necesario que una nueva Defensoría Nacional sea la punta de lanza en temas clave que impactan en la actualidad en la situación de las niñas, niños y adolescentes, como violencia, justicia penal juvenil, terminalidad educativa, sistema de protección social, licencias, cuidado, trabajo infantil y adolescente, salud (mortalidad, malnutrición, embarazo adolescente), participación de adolescentes.

Desde Unicef celebramos el paso dado por el Estado argentino en la conformación de la Comisión Bicameral que debe nombrar al Defensor. Instamos a avanzar en una pronta designación de esta figura, incluyendo completa autonomía del poder político, presupuesto necesario para llevar adelante su tarea, y contribuir así al cumplimiento de los derechos de todas las niñas, niños y adolescentes.

*Especialista en Inclusión Social de Unicef.