POLITICA
un antecedente clave

La Justicia ya rechazó limitar las cautelares

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El Gobierno de Cristina Kirchner no es el primero que busca limitar las cautelares contra el Estado. En 2002 lo hizo Eduardo Duhalde, cuando dictó la Ley 25.587 para que no se pueda dictar ese tipo de medidas en causas por el “corralito” bancario.

Pero el fuero Contencioso Administrativo Federal –uno de los que actuará en las causas por la reforma judicial– dictó la inconstitucionalidad de esa ley al considerar que viola garantías consagradas en la Carta Magna y que era “una clara injerencia en el ámbito decisorio propio del Poder Judicial”.

Se trata de un antecedente que podría marcar el destino de la ley que el Congreso sancionó esta semana y que establece que las medidas cautelares no podrán tener una vigencia mayor a seis meses, pero que se podrán extender por igual período siempre que resulte “procesalmente indispensable”.

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El Congreso sancionó en 2002 la ley que limitaba las cautelares contra el “corralito” para frenar el retiro de depósitos. También se dictó el Decreto 1316 que suspendía por 120 días las medidas cautelares y sentencias definitivas en esas causas. El decreto fue firmado por Duhalde y su entonces ministro de Economía, Roberto Lavagna, entre otros.

El fuero Contencioso –tanto en primera instancia como la Cámara– lo consideró inconstitucional y aplicó las normas.
“La limitación impuesta por el Poder Legislativo al Poder Judicial para dictar medidas cautelares resulta contraria a las disposiciones de la Constitución Nacional y a la Convención Americana de Derechos Humanos, ya que desnaturaliza la esencia de tal instituto y resulta contraria al principio de tutela judicial efectiva”, dijo el 25 de junio de 2002 la Cámara en el fallo “Grimberg”.

Agregó que la ley era “una clara injerencia en el ámbito decisorio propio del Poder Judicial”.

En aquel entonces, el tribunal recordó también que la Corte Suprema sostuvo en distintos fallos que “señaló que los otros poderes del Estado carecen de atribuciones para modificar, mediante el ejercicio de sus funciones específicas, las previsiones constitucionales impuestas para asegurar la independencia del Poder Judicial”.