POLITICA
Una discusion repetida en el congreso

La Justicia definió que no aplica la paridad para diputados electos en 2017 que renuncien

Se determinó que se debía utilizar el criterio de “corrimiento” por el cual debe asumir el primero de los candidatos de la boleta que no logró ingresar al Congreso, sea cual fuere su sexo.

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Diputada. A Adriana Cáceres le corresponde suceder a Montenegro por ser la siguiente en la lista. | Twitter.

La Justicia electoral destrabó ayer uno de los casos que se encontraban en conflicto por los reemplazos de diputados y senadores que abandonaron sus bancas para asumir funciones ejecutivas, en el marco de la discusión sobre la paridad de género en el Congreso. Así, dispuso que la vacante que se generó por la renuncia del diputado Guillermo Montenegro, electo intendente de General Pueyrredón, debe ser ocupada por la bonaerense Adriana Cáceres y no por Marcelo del Sol, quien también había entablado acciones judiciales para acceder a la banca.

Por tratarse de la renuncia de un diputado que había sido electo en 2017, cuando aún regía la ley de cupo femenino que exigía un 30% de integrantes mujeres en las boletas electorales, la Justicia determinó que se debía utilizar el criterio de “corrimiento” por el cual debe asumir el primero de los candidatos de la boleta que no logró ingresar al Congreso, sea cual fuere su sexo.

Del Sol, un dirigente cercano al jefe de bloque del PRO, Cristian Ritondo, había realizado un reclamo ante la Justicia para pedir la aplicación de la Ley de Paridad por la cual “hombre reemplaza a hombre, mujer reemplaza a mujer”, que fue sancionada en diciembre de 2017, luego de las elecciones de medio término. Sin embargo, el juez federal con competencia electoral de La Plata, Adolfo Ziulu, aclaró en su fallo que “las leyes no tienen efectos retroactivos, sean o no de orden público, excepto disposición en contrario. La retroactividad establecida por la ley no puede afectar derechos amparados por garantías constitucionales”, con lo que consideró que debía aplicarse la antigua normativa de cupo para la resolución del caso.

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Cáceres sostuvo que la sentencia “marca un antecedente para la resolución de los casos que se encuentran en la misma situación” y celebró que la Justicia “resuelva que el espíritu de la ley de paridad no es otro que el de promover la participación política de las mujeres, y que no puede ser utilizada para perjudicarnos”. No obstante, marcó su preocupación de que “quieran dilatar la asunción, no podemos darnos el lujo de prescindir de una banca”.

En el mismo sentido ya se había expresado esta semana la Justicia electoral entrerriana, que dispuso a Carolina Gaillard como reemplazo de Juan José Bahillo, con el mismo criterio de “corrimiento”.

Por el momento, aún no fueron ocupados en Diputados tres lugares por temas similares: los reemplazos del cordobés Martín Llaryora –abandonó el Congreso para ser intendente de Córdoba–, de la rionegrina María Emilia Soria y del fueguino Martín Pérez, que también fueron electos jefes comunales. A estos tres casos se suman las disputas bonaerenses por los reemplazos que llevan adelante Claudia Bernazza, del Frente de Todos, y Liliana Schwindt, de Consenso Federal.