POLITICA
negocios y poder

Las diez claves del fallo de la Ley de Medios para el debate que viene

La relación entre la sustentabilidad económica de las empresas y la libertad de expresión, los temas que más se van a discutir.

La Corte Suprema ahora tendrá la palabra final.
| Cedoc

El fallo de la Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial Federal que según la presidenta Cristina Fernández de Kirchner la dejó “sin habla” al declarar la inconstitucionalidad de partes de dos artículos de la Ley de Medios, encierra novedades políticas y jurídicas que causarán debate dentro y fuera de la Corte, organismo que dará el “punto final” como afirmó el ex radical y actual subsecretario de la Presidencia, Gustavo López, de esta pelea judicial.

1) Analistas del sector coinciden en que más allá que la Cámara falla sólo en el caso Clarín, debe hacerse una lectura: que declara la inconstitucionalidad de los límites de licencias y propiedad cruzada de medios “para quien peleó por lo que cree sus derechos” mientras que esas limitaciones siguen corriendo para los grupos multimediales que negociaron con el Gobierno planes de adecuación a la nueva Ley, como las empresas del grupo Vila-Manzano, Pierri, Telefónica, entre otros.

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2) Los votos de los camaristas se sustentan en jurisprudencia de la mayoría de los miembros de la Corte, como su presidente, Ricardo Lorenzetti, Carmen Argibay, Enrique Petracchi, entre otros, lo que para algunos actores del mercado significa que al máximo tribunal se le dificultaría no estar de acuerdo con el fallo de cámara.

3) Los votos de los camaristas se abrazan al informe del perito económico de oficio, nombrado por la Corte.

4) La sustentabilidad económica de los medios es puesta en juego por primera vez en la pelea judicial por la Ley de Medios. Esa sustentabilidad garantiza la libertad de expresión, se afirma.

5) “La sustentabilidad financiera de una empresa guarda correspondencia con el grado de independencia y de eficacia en su función de expresar, comunicar e informar ideas y opiniones” se afirma en uno de los votos que recalca que cuando se conjuga la reducción de audiencia, la disminución de publicidad privada u oficial, conduce a una inseguridad económica que afecta a la actividad periodística.

6) Los jueces coinciden en, por ejemplo, que la televisión abierta es más costosa de producir y que la posibilidad de que se articule con la creación de señales y distribuirlas por cable lo hace sustentable. La limitación que impone la Ley en ese sentido, perjudica la sustentabilidad de Clarín, lo que va en contra del espíritu de la Ley que es la de “pluralidad de voces”.

7) La limitación de licencias, dice el perito, pone en desventaja a Cablevisión, de Clarín, con DirecTV que con una sola licencia cubre todo el país, lo que reduce la competencia en el sector.

8) Las restricciones de la Ley de Medios a los medios que no usan el espectro radioeléctrico, como el cable, son innecesarias. Eso no significa, como se afirmó desde el Gobierno, que el cable no tenga regulación. La Ley de Defensa de la Competencia y las propias condiciones de servicio que se imponen cuando se habilitan estos servicios, las regulan.

9) Hay críticas a esta postura económica. El especialista Gustavo Arballo afirmó en su blog www.saberderecho.com que “en cualquier caso –y dejando de lado lo que ocurra en Ley de Medios– el criterio es profundamente regresivo, en la medida en que implica que un modelo de negocios determinado (que no es el único posible) debe ser el parámetro para articular el control de constitucionalidad”.

10) Si la Corte le da la razón a la Cámara, será necesaria una reforma a la Ley de Medios que se quedará si se desean fijar nuevos límites a las estructuras multimediales.