POLITICA
Poder Judicial

La Justicia anuló el decreto de Macri que permitió blanquear capitales a familiares de funcionarios y AFIP quiere cobrarles

Se trata de un fallo firmado por el juez en lo Contencioso Administrativo Federal Martín Cormick. La AFIP, en condiciones de reclamar el pago de los tributos a los familiares que blanquearon bajo el decreto.

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Mauricio Macri | NA

La Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal de la ciudad de Buenos Aires declaró este jueves la nulidad de un decreto firmado en 2016 por el expresidente Mauricio Macri, que permitía a familiares de funcionarios nacionales ingresar al blanqueo de capitales.

Se trata de un fallo firmado por el juez federal Martín Cormick. Fue en una demanda impulsada por la asociación Ajus La Plata y los dirigentes oficialistas Rodolfo Tailhade, Juliana Di Tullio y Diana Conti contra el Estado nacional. El pedido era que se declare la nulidad de los artículos 1°, 2°, 5° y 6° del decreto 1206/2016 firmado por Macri, su jefe de Gabinete y su ministro de Hacienda. Ahí, según habían planteado, se habían modificado aspectos esenciales del decreto que reglamentó la Ley 27.260 que estableció el Régimen de Sinceramiento Fiscal. 

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En la resolución de 30 páginas a la que tuvo acceso PERFIL, el magistrado declaró la nulidad de esos artículos. 

Qué dice el fallo

Planteó que "existen ampliaciones de beneficios a situaciones no previstas, e inclusión de sujetos originalmente excluidos". De ese modo "no cabe otra lectura que entender que por medio del decreto 1206/06, enmarcado en el artículo 99 inc. 2° de la Constitución Nacional, y bajo una supuesta pretensión de incorporar precisiones, se modifican aspectos de la Ley 27.260, generándose en consecuencia un exceso en la reglamentación de la ley".

 

Asimismo, el magistrado estampó en el fallo que "más allá del análisis sobre si existe en el caso exceso en la reglamentación al desvirtuar en tanto modifica la ley que reglamenta, debe destacarse que dicha reglamentación invade la esfera exclusiva del poder legislativo en materia tributaria". 

Todo comenzó en junio de 2016 cuando el Congreso convirtió en ley el sinceramiento fiscal, un régimen de blanqueo de capitales impulsado por Cambiemos para con la finalidad de que los contribuyentes sinceren su situación fiscal a un costo económico bajo y sin penalidades. Como la ley dejó afuera a los familiares, tiempo después el Ejecutivo emitió un decreto donde estableció entre las modificaciones la incorporación de familiares de funcionarios a las personas pasibles de acceder al beneficio. 

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En ese momento, la polémica estalló en la política y se tradujo en el plano judicial.

En la demanda, los dirigentes del kirchnerismo afirmaron que el decreto firmado por Macri "violenta la jerarquía constitucional, la división de funciones y poderes republicanos, y mansilla la normativa específica dictada por el órgano especial creado para prevenir e impedir el lavado de activos y la financiación del terrorismo, como resulta ser la Unidad de Información Financiera (UIF)".

También manifestaron que la medida violentaba las recomendaciones elementales del Grupo de Acción Financiera Internacional "cuyo propósito es el desarrollo y la promoción de políticas, en los niveles nacional e internacional, para combatir el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo".

Como eje central, manifestaron que el decreto representaba un exceso de competencia del Poder Ejecutivo respecto de una función propia del Legislativo. 

El camino judicial tras la polémica política

Cuando se inició el caso, el Estado nacional pidió que se desestime la medida cautelar que habían pedido los demandantes en contra de la ejecución del decreto "entendiendo que la pretensión de su contraria se funda en cuestiones de tipo político y personal". Respondieron que el Ejecutivo estaba facultado y deslegitimaron la participación de los demandantes en el caso.

En un principio lograron parte de las pretenciones para apartar a los demandantes, pero la Sala V de la Cámara en lo Contencioso Administrativo revocó la decisión del juez de la primera instancia y el caso pasó a manos de Cormick, en el Juzgado N°11 del fuero dedicado a resolver las demandas contra el Estado. En 2022 se acumuló el caso a una demanda iniciada también en 2016 por Felipe Solá. 

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Al analizar los artículos impugnados por los demandantes, el juez advirtió de entrada la "extensión de un beneficio a un caso no previsto oportunamente en la ley" y la ampliación a supuestos de participación indirecta no contemplados legislativamente. En esa línea, marcó que el decreto de Macri contempló "la inclusión de un grupo de sujetos (cónyuges, padres e hijos menores emancipados de los sujetos alcanzados en los incisos a) al w) del artículo 82 expresamente excluidos en el artículo 83 de la ley. (art 6°)", es decir, familiares de los funcionarios públicos.

19-09-2023 Afip
La AFIP busca cobrarle a los familiares de funcionarios que blanquearon en 2016.

En tercer lugar, Cormick señaló que se generó un "exceso en la reglamentación de la ley" por parte del Ejecutivo y citó una serie de precedentes que aplican en el caso. "Dicha reglamentación invade la esfera exclusiva del poder legislativo en materia tributaria", escribió más adelante.

La AFIP quiere cobrarles a familiares de funcionarios

Uno de los ejes centrales del fallo tiene que ver con la postura incorporada por la AFIP, organismo ejecutor del proceso de blanqueo.

Es que al responder un oficio, desde el fisco indicaron que si se declarara la inconstitucionalidad del decreto cuestionado se tornaría "no aplicable" la excepción establecida y la aplicación de las disposiciones tributarias vigentes. 

A su vez, la inconstitucionalidad causaría "la aplicación del régimen tributario general" con lo cual quienes ingresaron en el blanqueo en función de lo previsto en el decreto de Macri, es decir familiares de funcionarios, "quedarían en pie de igualdad con quienes cumplieron sus obligaciones sin 'gozar' de los beneficios del régimen excepcional que legalmente no les correspondía". 

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Al referirse a eso, Cormick sostuvo que "no es ocioso tener en cuenta" lo planteado por la AFIP. 

"De hacerse lugar a la demanda, el organismo estaría en condiciones, dependiendo de cada caso en concreto, de reclamar el pago de los tributos referidos en el punto anterior", señala el fallo. De ese modo, deja las puertas a que la AFIP pueda cobrarles a quienes accedieron al blanqueo gracias al beneficio del decreto cuestionado. 

Igualmente, el magistrado sostuvo que eso resulta ajeno al expediente y que deberá ser evaluado por las autoridades competentes, es decir, el propio Gobierno.