POLITICA
Fallo

Revocan el procesamiento de Julio de Vido y Ricardo Jaime en la causa del soterramiento

Lo resolvió la Cámara de Apelaciones. Cuestionó los fallos del juez de primera instancia por falta de solidez. Tanto los exfuncionarios como los empresarios serán investigados otra vez.

Julio de Vido. 20180713
Julio de Vido. | NA

La Cámara Federal de Apelaciones anuló los procesamientos de Julio de Vido y Ricardo Jaime en la causa por el soterramiento del Sarmiento y en paralelo revocó la falta de mérito de varios empresarios, incluidos el primo del presidente Mauricio Macri, Angelo Calcaterra y Luciano Ghella

Esto no implica que los exfuncionarios no puedan volver a ser procesados. El fallo que dictaron los camaristas Leopoldo Bruglia y Martín Irurzun especifica que el procesamiento es anulado por la falta de argumentos y la ezcases de medidas de prueba tomadas por el juez a cargo, Marcelo Martínez de Giorgi. 

En la causa se investiga si hubo coimas de empresarios a funcionarios del kirchnerismo para obtener beneficios en el contrato del soterramiento del ferrocarril Sarmiento, una obra que ganó en primera instancia Odebrecht, el gigante brasileño que pagó coimas en toda América Latina. 

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Por otro lado abrió la puerta a que la justicia vuelva a investigar a los empresarios, que habían quedado con falta de mérito, lo que significaba en los hechos que no había elementos para avanzar judicialmente sobre ellos. 

En síntesis, lo que hizo la Cámara fue poner bajo la lupa la actuación del juez en el caso. La Cámara consideró que si la prueba en contra de los exfuncionarios era cierta del mismo modo debió haber sido analizada contra los empresarios, que según las investigaciones preliminares obtuvieron “provecho económico” y enriquecimiento “injustificado” por las decisiones de los miembros del Ministerio de Planificación.

“No fue éste un punto suficientemente tratado, pese a que, según alegan las partes acusadoras e imputadas, había prueba en uno y otro sentido (perjuicio económico / ausencia de ello). Es imposible entonces dar respuesta a las pretensiones que presentan las apelaciones, porque -también en derredor de esta cuestión- no hay argumentos susceptibles de ser revisados”, manifestaron los camaristas.

El fallo ataca fuertemente la actuación del juez federal: “No hubo un análisis con fundamento de la correlación o no sobre las distintas referencias, indicios y datos que se obtuvieron previamente en el sumario, su documentación adjunta y en otros procesos penales. Las particularidades y complejidad del asunto revelan que la reconstrucción de lo sucedido debía (debe) hacerse de esa forma, sea para afirmar o descartar el cohecho transnacional denunciado”.
 

(Con el aporte de Cecilia Devanna)

 

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