Esta semana, César Milani pidió el pase a retiro efectivo como jefe del Estado Mayor General del Ejército. En julio y en diciembre de 2013, el CELS había impugnado su ascenso a teniente general y su designación en ese cargo. Las denuncias que lo involucraban en delitos de lesa humanidad y sus respuestas a nuestras consultas en las que dijo desconocer hechos relacionados con el accionar represivo que tienen condición de cosa juzgada indicaban que no era idóneo para ocupar esa responsabilidad institucional. En mayo de 2014 volvimos a debatir públicamente sus posicionamientos cuando, a partir de una denuncia del CELS sobre las dificultades en el avance de la investigación judicial del secuestro de Pedro y Ramón Olivera, Milani reiteró argumentos cercanos a la obediencia debida y descalificó los testimonios de las víctimas.
En tanto lo habíamos impugnado, el reciente retiro de Milani es positivo para el proceso de democratización de las Fuerzas Armadas. Al mismo tiempo, su paso al costado no debería diluir la atención sobre dos cuestiones centrales.
Por un lado, el rol del mecanismo de control de ascensos en el Estado democrático como núcleo de la depuración de las Fuerzas Armadas. La separación de las filas de estas fuerzas de aquellos miembros involucrados en el terrorismo de Estado forma parte de nuestra agenda desde 1984 ya que, tal como lo expresó Emilio Mignone, fundador del CELS, “la única democracia fuerte y estable posible es aquella en la cual las Fuerzas Armadas se encuentran subordinadas al poder político, cuya fuente es el pueblo”. A lo largo de los años hemos realizado una tarea constante de impugnación de los ascensos militares ante el Congreso de la Nación. Esta es una instancia de revisión institucional permanente que moldea el perfil de las Fuerzas Armadas en democracia e instala la expectativa de una evaluación periódica del desempeño de los militares.
Exigencias. Es obligación del Estado investigar los antecedentes de los integrantes de estas fuerzas que acceden a cargos públicos o sobre los que se proponen ascensos. Sin embargo, estos criterios no están formalizados. Esta falencia genera varios problemas, entre ellos que se utilicen criterios distintos según las autoridades políticas a cargo y la confusión respecto a la diferencia entre los requisitos de una imputación penal y los del cuestionamiento a la idoneidad. Respecto a estos últimos y como hemos señalado en reiteradas oportunidades, consideramos que no se puede reducir la idoneidad a la existencia o no de condenas judiciales firmes, entre otros motivos porque incumplir algunos requisitos no implica necesariamente cometer un delito. Por ejemplo, hacer declaraciones públicas contra valores democráticos no es un delito pero puede implicar falta de idoneidad para ejercer un cargo en las Fuerzas Armadas. Al mismo tiempo, la efectividad del control de los ascensos depende de que se avance en la centralización y mejora de los mecanismos de consulta entre las distintas agencias estatales y con las distintas organizaciones para garantizar que la información acumulada ingrese en el circuito que se utiliza para el chequeo de los antecedentes.
Ir más allá. Estas cuestiones abiertas no son exclusivas de la participación de los integrantes de las Fuerzas Armadas en los delitos de lesa humanidad sino que deben actualizarse respecto a otros hechos graves como los alzamientos contra el orden democrático –Semana Santa, Monte Caseros, Villa Martelli, etc.–, el espionaje ilegal –Base Almirante Zar– o episodios en los que la participación militar en graves violaciones a los derechos humanos no ha sido esclarecida –la represión del copamiento de La Tablada.
Por otro lado, respecto a la situación de César Milani, es necesario que el Poder Judicial actúe con celeridad en las investigaciones sobre su responsabilidad en la de-saparición de Alberto Ledo en Tucumán y en el secuestro de Pedro y Ramón Olivera en La Rioja. El avance del proceso de Justicia por los crímenes del terrorismo de Estado no es homogéneo en las distintas jurisdicciones del país. Los casos “Ledo” y “Olivera” ilustran las distintas dificultades en las investigaciones judiciales. El de Ledo constituye un extremo y evidencia los obstáculos para reconstruir los hechos, mientras que el de Olivera muestra las debilidades de la Justicia Federal para investigar, aun con pruebas disponibles y consistentes desde hace más de treinta años, como lo hemos afirmado al denunciar el mal desempeño del fiscal Horacio Salman en esta causa. Esta situación debe revertirse para garantizar la reconstrucción de la verdad y la sanción de quienes sean encontrados responsables.
* Director ejecutivo del Centro de Estudios Legales y Sociales - CELS.