El proyecto de “Ley de Presupuestos Mínimos de Gestión Ambiental de Envases y Promoción del Reciclaje Inclusivo”, presentado en la Comisión de Recursos Naturales y Ambiente de la Cámara de Diputados, significa un gran paso para controlar el comportamiento de las grandes empresas y contribuir al cuidado del medioambiente.
Allí pudo plasmarse la unidad de los recicladores para respaldar la propuesta, con una movilización de concientización de la Confederación Argentina de Trabajadores Cooperativos Asociados (CONARCOOP) y la Federación Argentina de Cartoneros, Carreros y Recicladores (FACCyR).
En las periferias de la Cámara Baja, ambas organizaciones, que participaron de la confección del texto de ley, exhibieron productos que realizan con material reciclable, como útiles escolares, broches y perchas para concientizar a la comunidad sobre la importancia de este tema.
La iniciativa establece la responsabilidad del productor de los recipientes, y prioritariamente integra a los recicladores en la cadena de gestión, posibilitando así la creación de puestos laborales. A su vez, se plantea un fideicomiso para impulsar la creación de núcleos de gestión de residuos en cada uno de los 2.400 municipios del país.
Las compañías que incumplan con la reglamentación, deberán afrontar multas que pueden ir desde 1 a 200 sueldos mínimos de la categoría básica, hasta suspensiones temporales o el cese definitivo de la actividad.
La iniciativa señala que están comprendidos, dentro de las disposiciones, todos los recipientes introducidos por primera vez en el mercado nacional, sean fabricados en Argentina o sean importados, y también aquellos post consumo, sean de origen residencial, urbano, comercial, asistencial, sanitario o institucional.
Sistema de gestión de envases
Un importante logro, de aprobarse la norma, sería la creación del “Sistema Nacional de Gestión de Envases (SINAGE)”, que se ocuparía de la implementación, y la articulación y coordinación de los Sistemas de Gestión Local (SGL), para la reintroducción de los materiales reciclables en el esquema productivo.
Asimismo, las Autoridades Competentes, sean municipios, consorcios regionales u otras entidades que las reemplacen, deberán constituir los SGL, que contemplen los siguientes contenidos mínimos: “Plan de gestión de los envases post consumo”, “Objetivos y metas de recuperación”, y “Plan de integración social de los trabajadores recicladores”.
Por otro lado, se dispone la creación de un Registro de Envases o Embalajes, donde se anotará, con carácter de declaración jurada e inscripción obligatoria, el tipo de recipiente, material, empleo, retorno, y toda otra información necesaria que considere el Ministerio para evaluar el impacto sobre el ambiente.
También se establece una “tasa ambiental” sobre los productos alcanzados por la norma, y se designa a la AFIP como órgano recaudador. Así, los fabricantes, y responsables de la puesta en el mercado, deberán abonar este canon por cada recipiente. A su vez, la reglamentación determina pautas que deberán atender los productores para dar cumplimiento con las obligaciones.
En tanto, el valor de la tasa deberá ser expresado en pesos, por kilo de material en los envases, y no podrá ser superior al 3% del precio de venta del producto. Mientras que el Ministerio determinará el valor conforme a los criterios técnicos necesarios para garantizar la correcta administración.
En definitiva, el objetivo es legislar, en todo el país, el destino de los envases post consumo, a fin de prevenir y reducir su impacto sobre el ambiente y la salud de las personas. Próximamente, los legisladores nacionales tendrán la responsabilidad de concretarlo.
*Ramiro Martínez, miembro fundador de la cooperativa de reciclaje Creando Conciencia y presidente de la Confederación Argentina de Trabajadores Cooperativos Asociados (Conarcoop)