El Gobierno publicó la resolución 115/2023 en el Boletín Oficial y se reglamentó el funcionamiento del dólar soja 3. La medida ofrece un dólar a 300 pesos para incentivar las exportaciones de la oleaginosa.
Qué establece la medida económica
Esta normativa establece atribuciones para evitar que se afecte la operatoria del mercado exterior. Quienes incumplan podrán ser excluidos de los registros de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía.
En esta oportunidad se sumaron las economías regionales al beneficio, aunque el ministerio aún no definió cuáles serán las actividades alcanzadas por la medida y en la semana se brindarían los detalles faltantes.
Las expectativas de los sectores agroexportadores
El sector agroexportador esperaba la salida de esta resolución para liquidar los granos. La Secretaría de Agricultura realizará el seguimiento de las operaciones de compraventa de grano en relación a la registración de las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior que se encuentren dentro del programa.
Finalmente, en la resolución se indica que quienes comercialicen soja a empresas incluidas en el Programa de Incremento Exportador mediante Liquidaciones secundarias de granos deberán garantizar que las mismas estén respaldadas por liquidaciones primarias de granos previas o comercializadas en los mercados autorizados por la Comisión Nacional de Valores.
Cómo fueron las ediciones anteriores del Dólar Soja
La misma norma estuvo vigente durante los dos ediciones anteriores de dólar soja, en septiembre y diciembre del año pasado, aun cuando el sector privado no les dio mayor uso. En esas instancias, los dólares ingresados se liquidaron rápidamente en el mercado para pagarle a los productores que no esperaron a vender para aprovechar la ventana de oportunidad de la vigencia del tipo de cambio preferencial. Esa ventana es, en esta ocasión, algo más amplia, ya que el incentivo estará vigente hasta fines del mes próximo.